STSJ Galicia , 27 de Noviembre de 2003

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO FERNANDEZ
ECLIES:TSJGAL:2003:6567
Número de Recurso1728/2001
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución27 de Noviembre de 2003
EmisorSala de lo Social

MARÍA SOCORRO BAZARRA VARELA SECRETARIO DE LA SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE GALICIA, CERTIFICA: Que en el recurso de Suplicación del que luego se hará mención, se ha dictado por esta Sala la siguiente Resolución Recurso núm. 1728/2001 MRA ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ PRESIDENTE ILMO. SR. D. MIGUEL A. CADENAS SOBREIRA ILMO. SR. D. ANTONIO J. GARCIA AMOR A Coruña, a veintisiete de noviembre de dos mil tres.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres.

Magistrados citados al margen y EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 1728/2001 interpuesto por DEMANDANTES Y DEMADADO contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. Uno de Orense siendo Ponente el ILMO. SR. D. LUIS F. DE CASTRO FERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Mariana Y OTROS en reclamación de PERSONAL SS siendo demandado SERGAS en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 757/00 sentencia con fecha nueve de enero de dos mil uno por el Juzgado de referencia que estimo la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

"Primero.- Los actores. DOÑA Mariana , DOÑA Marí Luz , DOÑA Angelina , DOÑA Cristina , DOÑA Inés , DOÑA Melisa , DOÑA Sofía , DOÑA María Virtudes , D. Rogelio , D. Jose Antonio , DOÑA Consuelo , D. Luis Pablo , DOÑA Leticia , DOÑA Patricia , DOÑA Marí Trini , DOÑA Ángeles , DOÑA Elena , DOÑA Juana , DOÑA Olga , DOÑA Marí Juana , DOÑA Begoña , DOÑA Estíbaliz , DOÑA Maite , DOÑA Susana Y DOÑA Andrea , vienen prestando servicios en el Complexo Hospitalario de Ourense como Técnicos Especialistas de Laboratorio o Radiodiagnóstico para el Servicio Galego de Saúde, percibiendo un salario base de 101.977 pts, y un complemento de Destino de 46.623 pts./ Segundo.- Los actores tiene reconocido un nivel de complemento de destino 17, mientras que los ATS/ DUE, que prestan servicios en las mismas áreas técnicas de Laboratorio y Radiodiagnóstico del mismo Complexo, tienen reconocido un nivel 21./

Tercero

Las diferencias mensuales para el citado complemento son: 12.652 pts (2000), 12.405 pts (1999), 12.185 pts (1998), 11.935 pts (1997 y 1996) y 11.531 pts 8 1995)./

Cuarto

Los actores reclaman por el período de septiembre/95 a julio/2000, la cantidad de 848.842 pts, por prestar servicios con anterioridad a septiembre de 1995, salvo.

T.E.L Fecha de inicio Fecha fin Días Días año Total PTS Sofía año/97 1-7-97 31.8.97 62 1-9-97 29-10-97 59 11-11-97 31-12-97 51 172 78.738 Año/98 1-1-98 1-1-98 32 9-2-98 24-2-98

16 27-02-98 8-5-98 71 12-6-98 19-6-98 8 1-7-98 31-8-98 62 13-10-98 26-10-98 14 16-11-98 31-12-98 46 249 116.375 Año/99 1-1-99 31-12-99 365 365 173.670 Año/2000 1-1-00 31-7-00 213 213 101.216 Totales

469.999 Fecha inicio Fecha fin días Días al año Total ptas María Virtudes año/95 1-8-95 31-08-95 31 31 14.018 Año/96 9-1-96 8-2-96 31 18-3-96 17-94-96 31 1-5-96 4-6-96 35 1-7-96 30-9-96 92 21-10-96 8-11-96 19 25-11-96 31-12-96 37

245 111.850 Año/97 1-1-97 7-1-97 7 8-1-07 6-2-97 30 18-2-97 17-3-97 28 18-7-97 17-8-97 31 2-10-97 21-10-97 20 116 53.103 Año/98 3-2-98 30-04-98 87 1-5-98 20-8-98 112 21-8-98 16-12-98 118 17-12-98

31-12-98 15 332 155.167 Año/99 1-1-99 31-12-99 365 365 173.670 Año/2000 1-1-00 31-7-00 213 213 101.216 total 609.024 TRE Fecha inicio Fecha fin días Días al año Total ptas Jose Antonio año/97 22-8-97 21-9-97 31 31 14.191 Año/98

2-3-98 1-4-98 31 2-4-98 16-4-98 15 1-7-98 31-7-98 31 1-8-98 31-12-98 64 172 80.388 Año/99 1-91-99 22-1-99 22 23-1-99 24-5-99 112 1-6-99 30-9-99 122 19-11-99 30-11-99 12 10-12-99 31-12-99 22 290

137.984 Año/2000 5-1-00 31-7-00 209 209 99.315 totales 331.878 Fecha inicio Fecha fin días Días al año Total ptas Patricia año/96 1-4-96 31-12-96 275 275 125.546 Año/97 1-1-97 31-12-97 365 365 167.090 Año/98 1-1-87 31-12-98 365 365

170.590-1-99 Año/99 1-1-99 31-12-99 365 365 173.670 Año/2000 1-1-00 31-7-00 213 213 101.216 totales 738.112 Fecha inicio Fecha fin días Días al año Total ptas.

Ángeles . año/97 13-6-97 12-12-97 183 183 83.774 Año/98 5-2-98 2-3-98 26 2-4-98

31-5-98 60 1-7-98 31-8-98 62 1-12-98 4-12-98 4 152 71.040 Año/99 1-2-99 31-12-99 334 334 158.920 Año/2000 1-7-00 31-7-00 213 213 101.216 totales 414.950 Fecha inicio Fecha fin días Días al año Total ptas.

Olga año/99 1-6-99

30-6-99 30 1-7-99 31-7-99 31 1-8-99 31-12-99 153 214 101.823 Año/2000 14-1-00 31-3-00 78 19-4-00 28-4-00 10 10-5-00 31-7-00 83 171 81.258 totales 183.081 Fecha inicio Fecha fin días Días al año Total ptas Estíbaliz año/96 1-4-96

30-9-96 183 183 83.545 Año/97 1-5-97 31-12-97 245 245 112.156 Año/98 1-1-98 31-12-98 365 365 170.590 Año/99 1-1-99 31-12-99 365 365 173.670 Año/2000 1-7-00 31-7-00 213 213 101.216 totales 641.177 Fecha inicio

Fecha fin días Días al año Total ptas Estíbaliz año/96 1-7-96 31-12-96 184 184 84.002 Año/97 1-1-97 31-12-97 365 365 167.090 Año/98 1-1-98 31-12-98 365 365 170.590 Año/99 1-1-99 31-12-99 365 365 173.670 Año/2000 1-1-2000 31-7-00

213 213 101.216 totales 696.568

Quinto

Los actores: Mariana desde el 1 de mayo de 1991, Marí Luz desde el 1 de enero de 1993, Angelina desde el 13 de diciembre de 1993, Inés desde el 14 de junio de 1999, Melisa desde el 1 de julio de 1993, Sofía desde el 16 de noviembre de 1998 y María Virtudes desde junio de 1999, prestan sus servicios en el área de Laboratorios del Centro Hospitalario Santa María Madre, realizando las mismas funciones que las ATS/DUE Especialistas o en funciones de Técnicos Especialistas adscritas a dicha área de laboratorio./

Sexto

Los actores: Ángeles desde el año 1998, Rogelio desde el año 1994, Andrea desde el año 1995, Marí Trini desde el año 1997, Elena desde el año 1995 y Jose Antonio desde el año 1999, prestan servicios como TER en la Unidad de Oncología Radioterapia, realizando las mismas funciones como Operador de Instalación que las ATS/DUE adscritas a dicha Unidad./ Séptimo.Formulada reclamación previa en fecha 30 de Agosto de 2000, los actores presentaron demandan ante el Juzgado de lo Social Decano el 20 de noviembre de 2000."

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

- "

FALLO

Que estimando totalmente la demanda formulada por DOÑA Mariana , DOÑA Marí Luz , DOÑA Angelina , DOÑA Melisa , DON Rogelio , DOÑA Elena Y DOÑA Andrea contra el SERGAS, debo declarar y declaro el derecho de los actores a percibir el complemento de destino de nivel 21 en sustitución del nivel 17 que vienen percibiendo, mientras sigan desempeñando las mismas funciones que los ATS/DUE, especialistas, condenando al Servicio galego de Saúde a estar y a pasar por esta declaración y abonar a cada uno de ellos la cantidad de 884.842 pts; y en parte la demanda formulada por DOÑA Inés , DOÑA Sofía , DOÑA María Virtudes , DON Jose Antonio , DOÑA Marí Trini Y DOÑA Ángeles contra EL SERVICIO GALEGO DE SAUDE, debo declarar y declaro el derecho de las actoras a percibir el complemento de destino de nivel 21 en sustitución del nivel 17 que vienen percibiendo, mientras sigan desempeñando las mismas funciones de los ATS/DUE, especialistas y a percibir las siguientes cantidades, a DOÑA Inés , 196.853 pts, a DOÑA Sofía ,296.384 pts, a DOÑA María Virtudes , 203.083 PTS, A DON Jose Antonio 237.299 PTS, a DOÑA Marí Trini , 612.566 pts, y a DOÑA Ángeles , 331.176 pts, condenando al SERGAS a estar y pasar por esta declaración; y debiendo desestimarse la demanda formulada por Cristina , DOÑA Consuelo , DOÑA Consuelo , DON Luis Pablo , DOÑA Leticia , DOÑA Patricia , DOÑA Juana , DOÑA Olga , DOÑA Marí Juana , DOÑA Begoña DOÑA Estíbaliz , DOÑA Maite Y DOÑA Susana , absolviendo al SERVICIO GALEGO DE SAUDE de la prestación ejercitada por dichos actores contra él."

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte ambas partes siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

1.- En las presentes actuaciones, las demandantes - con categoría profesional de Técnico Especialista de Laboratorio o de Radiodiagnóstico y prestación de servicios como personal estatutario en el Complejo Hospitalario de Ourenseinstan se les reconozca el derecho a percibir Complemento de Destino nivel 21 y a que se les abonen las diferencias - con un máximo de cinco años- determinadas por la percepción del citado en su nivel 17, por el que han venido siendo retribuidas.

Y fundamentan tal reclamación en que <

  1. - La sentencia objeto del presente recurso estima parcialmente la demanda, acogiendo íntegramente las pretensiones de siete - de las ocho- TEL, declarando probado que realizan en el área de laboratorios del Centro Hospitalario Santa María Madre

Especialistas o en funciones de Técnicos Especialistas adscritas a dicha área de laboratorio»; y acoge parcialmente la demanda de seis TER, por entender acreditado que en determinados periodos han realizado

SEGUNDO

1.- Bajo el amparo del art. 191.b LPL, el recurso formulado por la parte actora interesa nueva redacción a los ordinal quinto y sexto de los HDP, que pretende refundir en uno, del siguiente tenor:

<

Y en apoyo de tal pretensión revisoria se citan diversos documentos, cuales son los <

  1. - Pero no admitimos tal variación en el relato de hechos, porque:

(a).- La pretensión de que las funciones que corresponden a los TEL y TER son exactamente iguales a las de los ATS/DUE en las mismas Áreas de Laboratorio y Oncología y Radiodiagnóstico, en forma alguna es inducible de la documental que al efecto se cita -folios 137 a 140-, que se limita a comunicación de la Subdirección General de Formación Sanitaria lo que el...

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