STSJ Galicia 972/2005, 30 de Noviembre de 2005

PonenteFRANCISCO JAVIER CAMBON GARCIA
ECLIES:TSJGAL:2005:5037
Número de Recurso310/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución972/2005
Fecha de Resolución30 de Noviembre de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000310/2003

EN NOMBRE DEL REY

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado

la

SENTENCIA N° 972/2005

ILMOS. SRS.

D. BENIGNO LÓPEZ GONZÁLEZ-PTE.

D. FRANCISCO JAVIER CAMBON GARCÍA

Dª. MARÍA DOLORES GALINDO GIL

En la Ciudad de La Coruña, a treinta de noviembre de dos mil cinco.

En el recurso contencioso-administrativo PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000310/2003 que pende de resolución en esta Sala, interpuesto por Jose Manuel, representado por el Procurador D. JOSÉ LUIS GONZÁLEZ MARTIN y dirigido por el Letrado D. MANUEL BLANCO- ONS FERNANDEZ, contra RESOLUCIÓN CONSELLERIA DE PESCA DE 26/02/2003 DESESTIMATORIA DEL RECURSO INTERPUESTO CONTRA AL RESOLUCIÓN DE 22/06/1998 DEL DELEGADO PROVINCIAL EN LA CORUÑA DE LA CONSELLERIA DE MEDIO AMBIENTE SOBRE LEGALIZACIÓN OBRAS REALIZADAS EN ZONA DE DOMINIO PÚBLICO. Es parte como demandada LA CONSELLERIA DE PESCA E ASUNTOS MARÍTIMOS, representada y dirigida por el LETRADO XUNTA DE GALICIA. La cuantía del recurso es INDETERMINADA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

que admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo presentado, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, en síntesis contiene los siguientes HECHOS: A mediados del año 1997 el recurrente solicitó autorización de la Demarcación de costas en Galicia a la par que licencia municipal de obras del Ayuntamiento de Boiro-La Coruña, para poder acondicionar una parcela de su titularidad y reconvertirla en el anexo a un local destinado a hostelería, se dictó propuesta de resolución negando la legalización interesado, contra la denegación se interpuso recurso ordinario y transcurridos casi cuatro años de esa incidencia procedimental sin más comunicados entendidos directamente con administrado, se dicta la resolución del recurso administrativo denegándolo igualmente y conminando al interesado a la restitución de las cosas a su estado anterior, se interpuso recurso de alzada.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes y suplica se dicte sentencia por la que se acuerde declarar la anulabilidad del acto recurrido por caducidad procedimental del expediente administrativo y ordenar retrotraer las actuaciones al momento inicial de la pretensión de la autorización primigenia en el asunto, o en otro caso, declarar al nulidad de la resolución recurrida.

SEGUNDO

que conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho...

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