STSJ Galicia 2033/2009, 21 de Abril de 2009

PonenteLUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO
ECLIES:TSJGAL:2009:2996
Número de Recurso424/2007
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución2033/2009
Fecha de Resolución21 de Abril de 2009
EmisorSala de lo Social

RECURSO SUPLICACION 424 /2007

CRS

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS D./Dña.

ANTONIO OUTEIRIÑO FUENTE

JOSE ELIAS LOPEZ PAZ

LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO

A CORUÑA, VEINTIUNO DE ABRIL DE DOS MIL NUEVE.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, compuesta por los Sres. Magistrados citados al margen y

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación número 0000424 /2007 interpuesto por Severino contra la sentencia del JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de

OURENSE siendo Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dña. LUIS FERNANDO DE CASTRO MEJUTO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Severino en reclamación de ACCIDENTE siendo demandado EL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LA TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, MUTUA GALLEGA DE ACCIDENTES DE TRABAJO, AYUNTAMIENTO DE RIBADAVIA, MANCOMUNIDAD I.V. DEL RIBEIRO . En su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 0000743 /2006 sentencia con fecha veintidós de Noviembre de dos mil seis por el Juzgado de referencia que desestimó la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMERO

El actor D. Severino, cuando prestaba servicios para la Mancomunidad del IV. del Ribeiro (a día de hoy transferido al Concello de Ribadavia), sufrió en fecha 6.5.2.005, un accidente de trabajo "in itinere" con contusión en hombro y brazo izquierdo. El actor tiene la categoría profesional de Conductor de vehículo de extinción de incendios y recogida de basuras./ SEGUNDO.- En fecha 22.08.2.005, fue dado de alta por la Mutua con el diagnóstico de rotura parcial del supraespinoso izquierdo. En fecha 9.11.2.005 el actor causó baja por común./ TERCERO.- Iniciado expediente de invalidez permanente, se emite informe propuesta por el EVI en fecha 9.5.2.006, considerando las lesiones que padece el actor derivadas de Accidente de Trabajo, dictando Resolución en fecha 29.05.2.006, que considera que no existe invalidez en ninguno de sus grados./ CUARTO.- El actor padece las siguientes dolencias: Traumatismo sobre hombro izquierdo con rotura parcial del tendón supraespinoso en un paciente con SD. Subacromial por hipertrofia de articulación acromio-clavicular y horizontalización del acromión que provoca tendinopatia crónica. Hombro izquierdo: Anteropulsión 80Q. Abducción 602. Mov. Combinado mano a nalga. Rotaciones muy alteradas./ QUINTO.- El actor acredita el siguiente salario:

Sueldo diario en la fecha del accidente, 22,43 euros.

Aumento por antigüedad diario, 5,61.

Gratificaciones extraordinarias:

Junio (importe total: 951,23 euros.

Diciembre (importe total): 951,23 euros.

Retribuciones complementarias percibidas por el trabajador desde el día 06.05.2.004 al 05.05.05 y número de días efectivamente trabajados durante ese periodo:

Horas extras: 0,00 euros.

Pluses por peligrosidad: 508,57 euros

Nocturnos tóxicos e insalubres: 0,00 euros

Primas asistencia: 0,00 euros

Primas de trabajo a la producción: 0,00 euros

Otros plus de actividad: 508,57 euros

Días de Convenio: 273 días.

Días efectivamente trabajados 273 días./

SEXTO

Formulada reclamación previa en fecha 14.7.2.006 fue desestimada por resolución de fecha

6.4.2.006, presentando demanda el actor en fecha 5.10.2.006.

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

FALLO

Que desestimando la demanda formulada por D. Severino, contra la MANCOMUNIDAD I.V. DEL RIBEIRO, EL AYUNTAMIENTO DE RIBADAVIA, LA MUTUA GALLEGA, el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, debo absolver y absuelvo a los Organismos demandados de las pretensiones ejercitadas contra ellos por el actor.

CUARTO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de Suplicación por la parte demandante siendo impugnado de contrario. Elevados los autos a este Tribunal, se dispuso el paso de los mismos al Ponente.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Recurre el trabajador la desestimación de su demanda en reclamación de IPT, instando -por el cauce del artículo 191.b) LPL - la modificación del cuadro de dolencias declarado probado, y denunciando -vía artículo 191.c) LPL - la infracción por inaplicación del artículo 137 LGSS .

SEGUNDO

No se acoge la revisión, porque no se propone en debida forma, pues se hace referencia a múltiples informes médicos y en absoluto se relaciona cada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
16 sentencias
  • STSJ Galicia 4568/2009, 26 de Octubre de 2009
    • España
    • 26 Octubre 2009
    ...indicado para los procesos de Invalidez Permanente (así entre las últimas, SSTSJ Galicia 10/07/09 R. 958/09, 12/06/09 R. 289/09, 21/04/09 R. 424/07, 20/03/09 R. 4961/08, etcétera El postulado error en la valoración de la prueba (que podría rechazarse de plano, al carecer de cita normativa) ......
  • STSJ Galicia 3780/2009, 10 de Julio de 2009
    • España
    • 10 Julio 2009
    ...constantemente tenemos indicado para los procesos de Invalidez Permanente (así entre las últimas, SSTSJ Galicia 12/06/09 R. 289/09, 21/04/09 R. 424/07, 20/03/09 R. 4961/08, 04/02/09 R. 3649/08 ,...). Aparte de que los informes válida e individualmente citados no pueden servir tampoco de apo......
  • STSJ Galicia 2973/2009, 12 de Junio de 2009
    • España
    • 12 Junio 2009
    ...recurso de Suplicación y como constantemente tenemos indicado para los procesos de Invalidez Permanente (así entre las últimas, SSTSJ Galicia 21/04/09 R. 424/07, 20/03/09 R. 4961/08, 04/02/09 R. 3649/08, 17/10/08 R. 1361/08, 14/07/08 R. 712/08, 26/06/08 R. 78/08 No ha de olvidarse -así lo d......
  • STSJ Galicia 2825/2009, 2 de Junio de 2009
    • España
    • 2 Junio 2009
    ...que tal y como hemos reiterado con anterioridad -sólo entre las más recientes, SSTSJ Galicia 06/05/09 R. 5709/08, 29/04/09 R. 5310/08, 21/04/09 R. 424/07 , etc.- la existencia o no de IP y su ubicación en uno de los grados legalmente establecido se determina mediante un complejo proceso val......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR