SAP Madrid 437/2009, 23 de Octubre de 2009

PonenteTERESA DE JESUS FERNANDEZ DE CORDOBA PUENTE-VILLEGAS
ECLIES:APM:2009:11896
Número de Recurso155/2009
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución437/2009
Fecha de Resolución23 de Octubre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 11ª

AUD.PROVINCIAL SECCION N. 11

MADRID

SENTENCIA: 00437/2009

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

SECCION UNDECIMA

SENTENCIA Nº

Rollo: RECURSO DE APELACION 155/2009

Ilmos. Sres. Magistrados:

Dª. LOURDES RUIZ GORDEJUELA LOPEZ

D. CESAREO DURO VENTURA

Dª. TERESA FERNANDEZ DE CORDOBA PUENTE VILLEGAS

En MADRID, a veintitrés de octubre de dos mil nueve.

La Sección 11 de la Ilma. Audiencia Provincial de MADRID, ha visto en grado de apelación, los autos de JUICIO VERBAL 412/2008 del JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA N. 63 de MADRID seguido entre partes, de una como apelante COMUNIDAD DE PROPIETARIOS PASAJE DIRECCION000 NUMERO NUM000, representada por el Procurador Sr. Laguna Alonso, y de otra, como apelado D. Jose Francisco y Dª Milagrosa, representados por el Procurador Sr. De Paula Martín, sobre reclamación de cantidad.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los antecedentes de hecho de la sentencia apelada.

SEGUNDO

Seguido el juicio por sus trámites legales ante el JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

N. 63 de MADRID, por el mismo se dictó sentencia con fecha 9 de junio de 2008, cuya parte dispositiva dice: "1.- Estimo íntegramente la demanda presentada por Don Jose Francisco y Doña Milagrosa contra la Comunidad de Propietarios Pasaje DIRECCION000 número NUM000, condenando a la demandada a la prestación de hacer consistente en: la inspección de la situación existente a nivel de zócalo de su patio lindante con la finca de los actores e impermeabilización del mismo a efectos de cumplimiento de la normativa básica de edificación; la inspección del encuentro de la albardilla de remate del nuevo muro medianero y su sellado; y la revisión de las pendientes de dicho patio y de la evacuación de pluviales por sus dos sumideros. Todo ello en el plazo de un mes desde la notificación de la sentencia, mandando la ejecución de dicha prestación de hacer a costa de la demandada si no se hiciere en dicho plazo.

  1. - Condeno igualmente a la parte demandada a pagar a los actores la suma de MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y SEIS EUROS CON CINCUENTA Y UN CÉNTIMOS (1.436,51.- euros) por los daños causados.

  2. - La demandada abonará igualmente los intereses de dicha cantidad en la forma establecida en el Fundamento de Derecho Tercero de esta resolución.

  3. - Impongo a la Comunidad de Propietarios Pasaje DIRECCION000 número NUM000 el pago de las costas del pleito." Notificada dicha resolución a las partes, por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS PASAJE DIRECCION000 NUMERO NUM000 se interpuso recurso de apelación, alegando cuanto estimó pertinente, que fue admitido en ambos efectos, dándose traslado del mismo a la parte contraria que se opuso. Remitidos los autos originales del juicio a este Tribunal, se señaló para llevar a efecto la deliberación, votación y fallo del mismo el pasado día 15 de octubre de 2009, en que ha tenido lugar lo acordado.

TERCERO

En la tramitación de este procedimiento se han observado las prescripciones legales.

Visto, siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª. TERESA FERNANDEZ DE CORDOBA PUENTE VILLEGAS.

FUNDAMENTOS JURIDICOS

Se aceptan y dan por reproducidos los Fundamentos de Derecho de la sentencia de instancia, en los términos de esta resolución.

PRIMERO

Por la Comunidad de Propietarios de la Calle DIRECCION000 nº NUM000 de Madrid, se formula recurso de apelación frente a la resolución de instancia, que estima la demanda interpuesta por don Jose Francisco y doña Milagrosa, como propietarios de la vivienda situada en la calle DIRECCION001 nº NUM001 de Madrid, piso NUM002, colindante con la citada comunidad, sobre solicitud de condena a la comunidad demandada de una prestación de hacer consistente en la inspección de la situación existente a nivel del zócalo del patio, impermeabilización del mismo a efectos de cumplimiento de la normativa básica de edificación, la inspección del encuentro de la albardilla de remate del nuevo muro medianero y su sellado, la revisión de las pendientes de dicho patio y de la evacuación de pluviales por sus dos sumideros, ello en el plazo de un mes desde la sentencia que se dicte, mandando la ejecución de dicha prestación de hacer a costa de la demandada si no lo hiciere en dicho plazo, y el pago a los demandantes de la cantidad de 1436,61 #, más intereses y costas.

SEGUNDO

A efectos de centrar el único tema objeto de apelación realizado por la comunidad de propietarios de...

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