SAP Barcelona 614/2009, 19 de Noviembre de 2009

PonenteMARIA JOSE PEREZ TORMO
ECLIES:APB:2009:13110
Número de Recurso1003/2008
ProcedimientoRECURSO DE APELACIóN
Número de Resolución614/2009
Fecha de Resolución19 de Noviembre de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Barcelona, Sección 18ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

DE

BARCELONA

SECCIÓN Decimoctava

ROLLO Nº 1003/2008

INCAPACITACIÓN NÚM. 1784/2007

JUZGADO PRIMERA INSTANCIA 58 BARCELONA (ANT.CI-59)

S E N T E N C I A Nº 614/09

Ilmos. Sres.

Dª. MARGARITA NOBLEJAS NEGRILLO

Dª. Mª JOSÉ PÉREZ TORMO

Dª. Mª DOLORS VIÑAS MAESTRE

En la ciudad de Barcelona, a diecinueve de noviembre de dos mil nueve.

VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Decimoctava de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Incapacitación, número 1784/2007 seguidos por el Juzgado Primera Instancia 58 Barcelona (ant.CI-59), a instancia de Dª. María Antonieta y D. Nicanor, contra D. Gabino ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 16 de junio de 2008, por el Juez del expresado Juzgado.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando como estimo en parte, la demanda inicial del presente proceso, promovido por la Procurador Sra. López Feixas, en nombre y representación de Dª María Antonieta, en el que ha comparecido también como demandante Don Nicanor la representación del Procurador Sr. Grassa Fábregas, debo declarar y declaro la incapacidad plena de D. Gabino, natural de esta ciudad, cuyo nacimiento se produjo el día veinteséis de julio de mil novecientos ochenta y ocho, declaración que se extenderá a todo tipo de decisiones tendentes a la atención de su persona, así como a todo tipo de actos y negocios jurídicos relativos la administración y disposición de sus bienes, derechos e intereses jurídicos y patrimoniales de cualquier clase, con privación del derecho de sufragio activo y sin hacer pronunciamiento de condena en materia de costas. Se rehabilita la patria potestad sobre el mismo, que se ejercerá conjuntamente por ambos padres, los aquí demandantes, conforme a las disposiciones legales aplicables, bajo la guarda y custodia directa de la madre y con observancia de cuantas disposiciones al respecto subsistan o se adopten en lo sucesivo, en el procedimiento matrimonial entre los mismos.".

SEGUNDO

Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.

TERCERO

Se señaló para votación y fallo el día 3 de noviembre de 2009.

CUARTO

En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.

VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. Mª JOSÉ PÉREZ TORMO.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los Fundamentos de Derecho de la sentencia recurrida en cuanto no se opongan a los de la presente.

PRIMERO

Recurre la Sra. María Antonieta la sentencia de primera instancia que además de declarar la incapacidad plena de su hijo Gabino, ha acordado rehabilitar la patria potestad de ambos progenitores, quedando el hijo común bajo la guarda y custodia de la madre, manteniendo de esta manera la atribución que por sentencia de divorcio se había acordado y se llevaba a cabo en la práctica. Solicita la Sra. María Antonieta en su recurso que a ella se la nombre tutora única, excluyendo de tal...

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