STSJ Galicia , 7 de Julio de 2005
Ponente | JOSE ANTONIO MENDEZ BARRERA |
ECLI | ES:TSJGAL:2005:1579 |
Número de Recurso | 4802/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 7 de Julio de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Recurso N° 4802/2002 EN NOMBRE DEL REY La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia ha pronunciado la SENTENCIA N° 598/2005 ILMOS. SRS. D. JUAN CARLOS TRILLO ALONSO - PTE. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA D. JULIO CIBEIRA YEBRA PIMENTEL En la ciudad de A Coruña, a siete de julio de dos mil cinco.
En el recurso contencioso-administrativo que con el Nº 4802/02 pende de resolución en esta Sala, interpuesto por D. Luis Alberto , representado por D. Rafael Pérez Lizarriturri y dirigido por Dª. María Celia Deus Sixto, sobre reclamación de responsabilidad patrimonial. Es parte como demandada la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Vivenda representada y dirigida por el Letrado de la Xunta de Galicia.
La cuantía del recurso es de 1.363,50 euros.
Admitido a trámite el recurso contencioso-administrativo, presentado inicialmente también contra la Diputación Provincial de A Coruña, se practicaron las diligencias oportunas y se mandó que por la parte recurrente se dedujese demanda, lo que realizó a medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho pertinentes, solicitó se dictase sentencia estimando íntegramente el recurso interpuesto contra la Xunta de Galicia, a la vez que desistía del dirigido contra la citada Diputación, desistimiento que fue aceptado por auto de 7-11-03 .
Conferido traslado de la demanda a la Administración demandada para contestación, se presentó escrito de oposición con los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, y se suplicó que se dictase sentencia desestimando el recurso.
Denegado el recibimiento del pleito a prueba, una vez cumplimentado el trámite de conclusiones se declaró terminado el debate escrito y se señaló para votación y fallo el día 30-6-05.
En la sustanciación del presente recurso se han observado las prescripciones legales.
Es Ponente el Iltmo. Sr. D. JOSÉ ANTONIO MÉNDEZ BARRERA.
El presente recurso contencioso-administrativo tiene por objeto la desestimación presunta por la Consellería de Política Territorial, Obras Públicas e Vivenda de la reclamación de responsabilidad patrimonial formulada por el actor en relación con los daños sufridos el 11-01-01 por su ciclomotor marca Aprilia, matrícula X-....-XZZ , a consecuencia de un accidente de circulación que tuvo lugar en la confluencia de las carreteras AC-180, CP-1707 y CP-518 en la localidad de Oleiros.
Conforme doctrina jurisprudencial reiterada la responsabilidad patrimonial de la Administración (artículo 106.2 de la Constitución) se configura como de carácter objetivo, siendo indiferente que la actuación administrativa haya sido normal o anormal, por lo que basta para declararla que como consecuencia directa de aquélla se haya producido un daño efectivo,...
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