STSJ Castilla y León , 19 de Abril de 2005

PonenteANTONIO JESUS FONSECA-HERRERO RAIMUNDO
ECLIES:TSJCL:2005:2039
Número de Recurso99/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución19 de Abril de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID SENTENCIA: 00679/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEÓN Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección : 001 VALLADOLID 65586 C/ ANGUSTIAS S/N Número de Identificación Único: 47186 3 0101144 /2005 Procedimiento:

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000099 /2000 Sobre DOMINIO PUBLICO Y BIENES PATRIMONIALES De D/ña. Luis Antonio , Luis Representante: FERNANDO GARCIA-DELGADO GARCIA, FERNANDO GARCIA-DELGADO GARCIA Contra D/ña. CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL Representante: ABOGADO DEL ESTADO SENTENCIA Nº.....

ILUSTRISIMOS SEÑORES :

Presid ente:

DON ANTONIO JESUS FONSECA HERRERO RAIMUNDO Magist rados:

DON EZEQUIAS RIVERA TEMPRANO DON JESÚS BARTOLOMÉ REINO MARTINEZ En Valladolid, a 19 de abril de dos mil cinco.

La Sala de lo Contencioso Administrativo de Valladolid, integrada por los Magistrados citados al margen, en virtud de la potestad conferida por la soberanía popular y en nombre del Rey, formula la siguiente SENTENCIA &nbs p; Visto el recurso contencioso administrativo seguido a instancia de DON Luis Antonio y DON Luis , representados por la Procuradora de los Tribunales doña Rosa María Sagardía Redondo y defendido por el Letrado don Fernando García- Delgado García, contra la Resolución dictada el día 3 de noviembre de 1999 por la Confederación Hidrográfica del Duero para desestimar el recurso ordinario que había sido interpuesto frente a los Acuerdos adoptados por la Junta General de la Comunidad de Regantes Santa Teresa en sesión celebrada el día 13 de diciembre de 1998; ha sido parte demandada la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO -CONFEDERECION HIDROGRAFICA DEL DUERO-, representada y defendida por la Abogacía del Estado.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMER O.- Interpuesto y admitido el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo la correspondiente demanda, en la que, tras hacer una exposición de hechos y alegar fundamentos de derecho que consideró aplicables, suplicó que se dictara sentencia anulatoria de los actos recurridos. Todo ello con imposición de costas a la administración demandada. Por medio de otrosí se solicitó el recibimiento a prueba.

&nbs p; SEGUND O.- La defensa de la Administración contestó a la demanda negando los hechos de la misma en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan exactamente con los derivados del expediente administrativo; tras exponer los fundamentos de derecho que entendió de aplicación al caso terminó suplicando la desestimación del recurso con expresa imposición de costas al recurrente.

TERCER O.- Recibido el recurso a prueba se practicó, con el resultado que obra en autos, la admitida a las partes y, finalizado tal periodo, quedaron los autos conclusos.

CUARTO

Presentado por ambas partes escrito de conclusiones se señaló para votación y fallo el día 15 de abril de 2005.

&nbs p; QUINTO .- En la tramitación del presente recurso se han observado los trámites marcados por la Ley aunque no los plazos en ella fijados dado el volumen de trabajo y la pendencia que existe en la Sala.

El orden de despacho y decisión de este proceso resulta de dar cumplimiento al acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial de 10 de septiembre de...

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