STSJ Castilla y León , 31 de Enero de 2005

PonenteJAVIER ORAA GONZALEZ
ECLIES:TSJCL:2005:509
Número de Recurso644/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución31 de Enero de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

1 T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD VALLADOLID SENTENCIA: 00143/2005 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA Sala de lo Contencioso-Administrativo Sección : 001 VALLADOLID 65591 C/ ANGUSTIAS S/N Número de Identificación Único: 47186 3 0104729 /2004 Procedimiento:

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000644 /2001 Sobre URBANISMO De D/ña. CARMELITAS DESCALZAS, CONVENTO DE LA SANTISIMA TRINIDAD Y DE LA VIRGEN DEL CARME Representante: IGNACIO DE LA HUERGA VARELA Contra D/ña. CONSEJERIA DE FOMENTO DE LA JUNTA DE CASTILL A Y LEON, AYUNTAMIENTO DE LEON, PROCURADOR. SR. MORENO GIL, LETRADO SR. MARTIN VIL LA. Representante: LETRADO COMUNIDAD, Recurso nº 644/01 TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CASTILLA Y LEON

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SEDE EN VALLADOLID SENTENCIA Nº 143 ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:

DOÑA MARÍA ANTONIA LALLANA DUPLÁ

DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ DON RAMÓN SASTRE LEGIDO En Valladolid, a treinta y uno de enero de dos mil cinco.

Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna:

La Orden de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León, de 26 de diciembre de 2000, por la que se aprobaron definitivamente (con unas excepciones que no vienen ahora al caso) las Modificaciones del Plan General Municipal de Ordenación Urbana de León relativas a Sistemas Generales y Complementarios, Areas Edificables y Normas Urbanísticas -Orden publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León de 12 de febrero de 2001-.

Son partes en dicho recurso:

Como recurrente: Carmelitas Descalzas, Convento de la Santísima Trinidad y de la Virgen del Carmen, representada por la Procuradora Sra. Sanz Fernández y defendida por el Letrado Sr. de la Huerga Varela.

Como demandada: Administración de la Comunidad Autónoma de Castilla y León (Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León), representada y defendida por el Letrado de sus servicios jurídicos.

Como codemandada: Ayuntamiento de León, representado por el Procurador Sr. Moreno Gil y defendido por el Letrado Sr. Martín Villa.

Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, publicado edicto en el Boletín Oficial de Castilla y León y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que, estimando en todas sus partes el recurso, se declare que la Orden de 26 de diciembre de 2000 de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León, por la que se aprobó definitivamente las Modificaciones del Plan General Municipal de Ordenación Urbana de León relativas a Sistemas Generales y Complementarios, Areas Edificables y Normas Urbanísticas, en su modificación 2ª, no es conforme a derecho en cuanto al cambio de clasificación prevista de "suelo urbano" a "suelo urbanizable programado" de una parte de la finca propiedad de las demandantes en la Avenida de Asturias 137 de León, que en consecuencia debe permanecer en su integridad con su calificación actual de suelo urbano, con expresa imposición de costas a la Administración demandada.

Por OTROSI, se solicitó el recibimiento a prueba del pleito.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la parte demandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia que desestime el presente recurso contencioso administrativo por ser el acto administrativo impugnado conforme a derecho, con expresa imposición de costas a la parte actora.

TERCERO

En el escrito de contestación de la parte codemandada, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal que se dicte sentencia por la que se desestime el presente recurso, con todo lo demás que en derecho proceda.

CUARTO

El procedimiento se recibió a prueba, desarrollándose la misma con el resultado que obra en autos.

QUINTO

Presentado por todas las partes escrito de conclusiones, se señaló para votación y fallo el pasado día veinticinco de enero.

SEXTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Interpuesto por las Carmelitas Descalzas, Convento de la Santísima Trinidad y de la Virgen del Carmen, recurso contencioso administrativo contra la Orden de la Consejería de Fomento de la Junta de Castilla y León, de 26 de diciembre de 2000, por la que se aprobaron definitivamente (con unas excepciones que aquí no importan), las Modificaciones del Plan General Municipal de Ordenación Urbana de León relativas a Sistemas Generales y Complementarios, Areas Edificables y Normas Urbanísticas -Orden publicada en el Boletín Oficial de Castilla y León de 12 de febrero de 2001-, pretende la parte recurrente que se declare que el acto impugnado no es conforme a derecho en cuanto al cambio de clasificación previsto de suelo urbano a suelo urbanizable programado de una parte de la finca propiedad de la misma en la Avenida de Asturias 137 de León, que en consecuencia debe permanecer en su integridad con su clasificación actual de suelo urbano, pretensión que basa en distintos motivos, fundamentalmente que es...

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