STSJ Cataluña , 5 de Abril de 2005

PonenteMARIA ANGELES VIVAS LARRUY
ECLIES:TSJCAT:2005:4177
Número de Recurso8037/2003
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución 5 de Abril de 2005
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA CATALUNYA SALA SOCIAL NIG :

mm ILMA. SRA. ÁNGELES VIVAS LARRUY ILMA. SRA. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA ILMO. SR. ÁNGEL DE PRADA MENDOZA En Barcelona a 5 de abril de 2005 La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as.

Sres/as. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY ha dictado la siguiente S E N T E N C I A núm. 2873/2005 En el recurso de suplicación interpuesto por Ernesto frente a la Sentencia del Juzgado Social 9 Barcelona de fecha 5 de julio de 2003 dictada en el procedimiento Demandas nº 37/2003 y siendo recurrido/a INSTITUT CATALA DE LA SALUT. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. ÁNGELES VIVAS LARRUY.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el citado Juzgado de lo Social tuvo entrada demanda sobre Personal Estatutario, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 5 de julio de 2003 que contenía el siguiente Fallo:

Que desestimando la demanda interpuesta por Don Ernesto , debo absolver y absuelvo al Institut Català de la Salut (ICS) de los pedimentos formulados en su contra.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

1.- La parte actora Don Ernesto presta sus servicios, como facultativo especialista en tocología, para el Institut Català de la Salut, como médico de contingente y zona adscrito al Centro de Atención Primaria de

Numancia, clave número NUM000 . Al actor le es de aplicación el Estatuto Jurídico del Personal Médico de la Seguridad Social aprobado por Decreto 3160/1966 de 23 de diciembre del Ministerio de Trabajo.

2.- En fecha 31 de mayo de 1999, el Consorcio Sanitario de Barcelona notificó al ICS el Acuerdo, de su Junta General, de despliegue del programa sanitario de Atención a la mujer en la ciudad de Barcelona en fecha 1 de julio de 1999, en los sectores sanitarios de Ciutat Vella, Sants-Montjuic, Les Corts-Sant Gervasi y de Sant Andreu.

3.- Por escrito de la Jefa de Servicios de personal de fecha 11 de junio de 1999, se comunicó al actor, de conformidad con la notificación del consorcio Sanitario y de acuerdo con la normativa vigente, que se proponía la vinculación de la plaza de tocólogo NUM000 , plaza de actor, al programa sanitario de Atención a la mujer del sector sanitario de Ciutat Vella, Sants-Montjuic; Les Corts-Sant Gervasi y de Sant Andreu. Se otorgó al actor un plazo de 10 días para que pudiera realizar cuantas alegaciones estimase oportunas.- folio 87.- 4.- Por Resolución del Gerente del ICS de fecha 3 de noviembre de 1999, se aprobó la vinculación al mencionado programa de los especialistas de obstetricia y ginecología; tocólogos y ginecólogos, así como las comadronas de instituciones sanitarias abiertas y equipos tocológicos de la Seguridad Social, relacionados en el anexo de la resolución y entre los cuales figura la plaza clave NUM000 correspondiente al actor. Dicha Resolución fue notificada al actor en fecha 12.11.99.- folios 89 a 91.- 5.- El programa sanitario de Atención a la Mujer, se creó al amparo de lo dispuesto en el Decreto 283/1990, de 21 de noviembre y según lo dispuesto en el Decreto 284/1990 de 21 de noviembre y el Decreto 139/995, de 18 de abril por los cuales se dictaron normas para la reordenación de la atención de las especialidades médicas.

6.- A raiz de la implantación del Programa de Atención a la Mujer, se incorporaron nuevos profesionales al CAP de Numancia tanto facultativos, especialistas de toco-ginecología con dedicación de 36 horas, como comadronas, produciéndose una reordenación asistencia.- folio 86.- 7.- En fecha 1.7.00, se produjo una primera reordenación de contingentes que implicó una bajada del número de...

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