STSJ Cataluña , 10 de Marzo de 2005

PonenteFRANCISCO LOPEZ VAZQUEZ
ECLIES:TSJCAT:2005:3189
Número de Recurso371/2001
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución10 de Marzo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección Tercera Recurso ordinario número 371 de 2.001 Partes: "Telefónica Móviles España, SA" contra el Ayuntamiento de Sant Hipòlit de Voltregà

SENTENCIA Nº 204 Ilmos. Sres.

Presidente José Juanola Soler Magistrados Manuel Táboas Bentanachs Francisco López Vázquez En la ciudad de Barcelona, a diez de marzo de dos mil cinco.

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, constituida al efecto para la votación y fallo, ha visto, en el nombre de Su Majestad el Rey, el recurso contencioso administrativo seguido ante la misma con el número de referencia, promovido a instancia de "Telefónica Móviles España, SA", representada por el procurador de los tribunales Sr. Manjarín Albert y defendida por el letrado Sr. Llobregat Barbany, contra el Ayuntamiento de Sant Hipòlit de Voltregà, representado por el procurador Sr. de Anzizu Furest y defendido por el letrado Sr. Cuadreny i Minovis, en relación con actuaciones urbanísticas, siendo la cuantía del recurso indeterminada, y atendiendo a los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la representación procesal de la parte actora se interpuso el presente recurso contencioso administrativo, publicándose el pertinente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia y, recibido el expediente administrativo, le fue entregado para que dedujese escrito de demanda, donde, tras consignar los hechos y fundamentos jurídicos que estimó de aplicación, solicitó se dictase sentencia estimatoria de las pretensiones en ella deducidas.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada, contestó la demanda, consignando los hechos y fundamentos de derecho que entendió aplicables, solicitando la desestimación de las pretensiones de la parte actora.

TERCERO

Recibidos los autos a prueba, fueron practicadas las consideradas pertinentes de entre las propuestas, con el resultado que es de ver en autos, continuando el proceso sus trámites, hasta finalizar con el de conclusiones, donde las partes presentaron sucintas alegaciones en defensa de sus pretensiones respectivas, quedando el pleito concluso para sentencia y señalándose finalmente el momento de la votación y fallo, que ha tenido lugar el día 28 de febrero de 2.005. Ha sido ponente el Ilmo. Sr...

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