STSJ Cataluña , 1 de Marzo de 2005
Ponente | ALBERTO ANDRES PEREIRA |
ECLI | ES:TSJCAT:2005:2603 |
Número de Recurso | 489/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 1 de Marzo de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Recurso nº 489/2002 SENTENCIA Nº 180 /2005 Ilmos. Sres.:
Presidente DON JOAQUÍN JOSÉ ORTIZ BLASCO Magistrados DON ALBERTO ANDRÉS PEREIRA DON ENRIQUE GARCÍA PONS En la Ciudad de Barcelona, a uno de marzo dos mil cinco.
LA SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN QUINTA) ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso contencioso-administrativo nº 489/2002, interpuesto por la entidad mercantil COMERCIAL FRUTERA EXPORTADORA S.L., representada por la Procuradora Dª Blanca Soria Crespo y dirigida por el Letrado D. Julián Font Rabasa, contra la ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO (Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación), representada y dirigida por el Sr. Abogado del Estado. Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo.
Sr. D. ALBERTO ANDRÉS PEREIRA, quien expresa el parecer de la Sala.
Por la representación de la parte actora, en escrito presentado en la Secretaría de esta Sala, se interpuso el presente recurso contra la resolución de 10 de diciembre de 2001 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, desestimatoria del recurso de alzada formulado contra la resolución de 21 de diciembre de 2000 de la Dirección General de Agricultura, por la que se impuso a la entidad recurrente una sanción de 500.000 pesetas de multa, como responsable de una infracción tipificada en el artículo 4.2.13 del Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio .
Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley Reguladora de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos, en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.
Continuado el proceso por los trámites que aparecen en autos, se señaló día y hora para la votación y fallo, diligencia que tuvo lugar en la fecha fijada.
En la sustanciación de este pleito se han observado las prescripciones legales.
Como ha quedado expuesto, se impugna a través del presente recurso la resolución de 10 de diciembre de 2001 del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, desestimatoria del recurso de alzada formulado contra la resolución de 21 de diciembre de 2000 de la Dirección General de Agricultura, por la que se impuso a la entidad recurrente una sanción de 500.000 pesetas de multa, como responsable de una infracción tipificada en el artículo 4.2.13 del Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio .
El expediente sancionador que concluyó con las resoluciones impugnadas se inició al detectarse que la actora transportaba en un camión...
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