STSJ Canarias , 20 de Mayo de 2005
Ponente | FRANCISCO JOSE GOMEZ DE LORENZO-CACERES |
ECLI | ES:TSJICAN:2005:2085 |
Número de Recurso | 920/2002 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 20 de Mayo de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
S E N T E N C I A Nº
ILTMOS. SRES.:
DON JAIME BORRAS MOYA DON FRANCISCO JOSE GOMEZ CACERES DON NICOLAS MARTI SANCHEZ Magistrados Las Palmas de Gran Canaria, a 20 de mayo del año 2.005.
Visto, por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en esta capital, el presente recurso número 920/2002, en el que interviene como demandante don Eloy , representado por la Procuradora doña Ana Teresa Kozloski Betancor, asistida de la Letrada doña Piedad Milicua Salamero, y como administración demandada la General del Estado, representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado, versando el recurso sobre exclusión de la función pública por anomalía física, siendo la cuantía del procedimiento indeterminada.
Convocado por la Dirección General de la Policía (resolución de 23 de julio del 2001)
proceso selectivo para acceder como alumnos al Centro de Formación de la División de Formación y Perfeccionamiento de aspirantes a ingreso en la Escala Básica de Policía del Cuerpo Nacional de Policía y superadas por el hoy actor las tres primeras pruebas, es declarado "no apto" en la cuarta prueba, reconocimiento médico, lo que determinó que la resolución de 16 de julio del 2002, del Tribunal Calificador, lo excluyera de la lista de aspirantes a ingresar en el Centro antes referido.
Formulado recurso de alzada, es desestimado por resolución de 24 de septiembre del 2002, del Director General de la Policía.
La representación del actor interpuso recurso contencioso administrativo, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia por la que se anule el acto recurrido y, por tanto, sea convocado el Sr. Eloy al curso de formación practica, con la misma fecha y efectos que lo fueron los que aprobaron la oposición convocada por resolución de la DGP de 23 de julio del 2001.
La Administración demandada contestó a la demanda, oponiéndose a ella e interesando una sentencia desestimatoria.
Practicada la prueba pertinente, las partes formularon conclusiones, señalándose para votación y fallo del presente recurso la audiencia del día 20 de mayo del año 2.005, en cuyo acto tuvo lugar su realización.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Don FRANCISCO JOSE GOMEZ CACERES, Magistrado de esta Sala.
El problema jurídico a resolver en el presente proceso se reduce, con acusada simplicidad, a la determinación de si fue o no arreglada al ordenamiento jurídico la decisión del tribunal calificador del procedimiento selectivo referido en los antecedentes fácticos de esta resolución de excluir al demandante, que había superado las tres primeras pruebas, al amparo de la causa médica de exclusión prevista en el apartado 4.3.1 del cuadro de exclusiones médicas - patología del aparato locomotor-, al diagnosticarse al recurrente dismetría en miembros inferiores superior a...
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