SAP Santa Cruz de Tenerife 130/2009, 15 de Abril de 2009

PonentePILAR ARAGON RAMIREZ
ECLIES:APTF:2009:1086
Número de Recurso65/2009
ProcedimientoRECURSO DE APELACI
Número de Resolución130/2009
Fecha de Resolución15 de Abril de 2009
EmisorAudiencia Provincial - Santa Cruz de Tenerife, Sección 4ª

S E N T E N C I A N.º 130.

Rollo n.º 65/09.

Autos n.º 418/07.

Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción n.º DOS de Puerto de la Cruz.

Ilmos. Sres.:

PRESIDENTE

Don Pablo José Moscoso Torres.

MAGISTRADOS

Don Emilio Fernando Suárez Díaz.

Doña Pilar Aragón Ramírez.

===========================

En Santa Cruz de Tenerife, a quince de abril de dos mil nueve.

Visto, por la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial integrada por los Ilmos. Sres. antes reseñados, el recurso de apelación interpuesto contra la sentencia dictada por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º DOS de Puerto de la Cruz, en los autos n.º 418/07, seguidos por los trámites del juicio Ordinario y promovidos, como demandante, por DOÑA Eva María, entidad TASCA LAS NIÑAS S.L. Y DOÑA Lorenza, que han comparecido ante este Tribunal representadas por la Procuradora Doña Paloma Aguirre López y dirigida por la Letrada Doña Luz Mª Sosa Fernández contra DON Luis Enrique, que ha comparecido ante este Tribunal representado por la Procuradora Doña Montserrat Padrón García y dirigido por el Letrado Don Candido Socas Sarabia; ha pronunciado, EN NOMBRE DE S.M. EL REY, la presente sentencia siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Pilar Aragón Ramírez, con base en los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Se aceptan los Antecedentes de Hecho de la resolución apelada.

SEGUNDO

En los autos indicados la Sra. Juez Dª. Luz Alicia Casañas Cabrera dictó sentencia el veintiocho de octubre de dos mil nueve cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: «FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por Luis Enrique, que actuó representada por la Procurador Sr. González Martín, contra la mercantil TASCA LAS NIÑAS, S.L, doña Lorenza Y doña Eva María, que actuaron representados por la Procuradora doña Ana Isabel Estellé Afonso debo condenarles y les condeno conjunta y solidariamente a pagar 16.764,69 euros ( dieciséis mil setecientos sesenta y cuatro euros con sesenta y nueve céntimos)con más los intereses legales devengados desde la fecha de interposición de la demanda, debiendo cada una de las partes sufragar las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad ».

TERCERO

Notificada debidamente dicha sentencia, se presentó escrito en los autos por la representación de la parte demandada, doña Eva María, entidad "Tasca Las Niñas", S.L. y doña Lorenza, en el que solicitaba que se tuviera por preparado recurso de apelación contra tal resolución, petición a la que se accedió por el Juzgado mediante providencia en la que se acordó, además, emplazar a dicha parte por veinte días para la interposición de tal recurso; en el plazo conferido, se interpuso por escrito dicho recurso con exposición de las alegaciones en que se fundaba la impugnación, del que se dio traslado a las demás partes por diez días, plazo en el que la representación de la parte demandante, don Luis Enrique, presentó escrito de oposición al mencionado recurso.

CUARTO

Remitidos los autos con los escritos del recurso y de oposición a esta Sala, se acordó, una vez recibidos y mediante providencia de diez de febrero pasado, incoar el presente rollo, designar Ponente y por providencia de cinco de marzo último señalar para la...

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