SAP Valencia 27/2010, 19 de Enero de 2010

PonenteVICENTE ORTEGA LLORCA
ECLIES:APV:2010:134
Número de Recurso812/2009/
ProcedimientoCIVIL
Número de Resolución27/2010
Fecha de Resolución19 de Enero de 2010
EmisorAudiencia Provincial - Valencia, Sección 6ª

27/2010

Audiencia Provincial de Valencia Sección Sexta ROLLO nº 812/2009 SENTENCIA PROPUESTA 19 de enero de 2009

PODER JUDICIAL

Audiencia Provincial de Valencia

Sección Sexta

ROLLO nº 812/2009

SENTENCIA nº 27

Presidente

Don Vicente Ortega Llorca

Magistradas

Doña María Mestre Ramos

Doña Mª Eugenia Ferragut Pérez

En la ciudad de Valencia, a 19 de enero de 2010.

La sección sexta de la Audiencia Provincial de Valencia, integrada por el señor y las señoras del margen, ha visto el presente recurso de apelación, interpuesto contra la sentencia de fecha 13 de mayo de 2009, recaída en autos de juicio verbal nº 292 de 2008, tramitados por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de los de Lliria (Valencia), sobre reclamación de 1.618,20 euros por labores de limpieza.

Han sido partes en el recurso, como apelante la demandada CIBO, S.L., representada por la procuradora doña Rosa Rodríguez Gil y defendida por el abogado don Vicente Giner Vila, y como apelada la demandante SERVICIOS INTEGRALES CHRISTINE, S.L., representada por el procurador don Javier Barber Peris y defendida por el abogado don Manuel Alcover Sanpedro.

Es ponente don Vicente Ortega Llorca, quien expresa el parecer del Tribunal.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La parte dispositiva de la sentencia apelada dice:

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por SERVICIOS INTEGRALES CHRISTINE S.L. contra CIBO S.L. y condeno a esta última a abonar la cantidad de 1618,20 euros, más las costas originadas.

SEGUNDO

La defensa de la demandada interpuso recurso de apelación en solicitud de sentencia que revoque la de instancia y desestime la demanda, con costas a la contraria.

TERCERO

La defensa de la actora presentó escrito de oposición al recurso y solicitó la confirmación de la sentencia.

CUARTO

Recibidos los autos por este Tribunal, se señaló para deliberación y votación el día 18 de enero de 2009, en el que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Se aceptan los de la resolución impugnada, sólo en cuanto no se opongan a los de ésta.

PRIMERO

El primer motivo del recurso alegó infracción de normas o garantías procesales (artículo 459 LEC ), por inadmisión de la documental consistente en la sentencia que acompañó como documento nº 1 y la sentencia del TSJ de la Comunidad Valencia que acompañó al escrito de recurso. Sin embargo, tal alegación carece de sentido, pues la sentencia presentada como documento n° 1 obra en autos (folios 145 a 152) por haber sido propuesta y admitida como documental en la primera instancia, y en esta alzada se admitió como prueba la sentencia del TSJ. Es notorio que no se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva de la recurrente, ni se le ha ocasionado indefensión.

SEGUNDO

En torno a la cuestión de si el demandado en el juicio verbal posterior al monitorio puede alegar motivos de oposición distintos de los que en éste adujo, hemos de reiterar lo que dijimos en nuestra Sentencia nº 424, de 22 de junio de 2002, rollo 331 de 2002 : «Sobre si en el juicio monitorio cabe que, formulada oposición, se aleguen en el juicio verbal motivos distintos de los que ésta contenía. La cuestión se vincula con el art. 815 LECiv que, refiriéndose al contenido del escrito de oposición, exige que en él el deudor "alegue sucintamente las razones por las que, a su entender, no debe la cantidad reclamada". Tal exigencia de que se exponga "sucintamente" esas razones no es gratuita, responde al principio de la buena fe procesal, art. 247.1 LECiv, que impone a las partes el deber de no ocultar a la contraria los fundamentos de su pretensión, de modo que, no le es dado reservarse las razones", sino que debe exponerlas, aunque de manera sucinta. Es verdad que ni el artículo 815, ni ningún otro de los que específicamente regulan el juicio monitorio (arts. 812 a 818 LECiv ) contienen referencia ninguna a las consecuencias que habrán de derivarse del hecho de que el escrito de oposición se aleguen unas razones, y en el juicio posterior se exponga otras...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
7 sentencias
  • SAP Valencia 75/2014, 4 de Marzo de 2014
    • España
    • 4 Marzo 2014
    ...en rollo nº 749/2006, Sentencia nº 424, de 22 de junio de 2002, rollo 331 de 2002 y SAP, Civil sección 6 del 19 de Enero del 2010 ( ROJ: SAP V 134/2010), SAP, Civil sección 6 del 07 de Febrero del 2012 ( ROJ: SAP V En el caso de autos, en coherencia con esa doctrina, este tribunal debe reit......
  • SAP Valencia 215/2017, 13 de Junio de 2017
    • España
    • 13 Junio 2017
    ...en rollo nº 749/2006, Sentencia nº 424, de 22 de junio de 2002, rollo 331 de 2002 y SAP, Civil sección 6 del 19 de Enero del 2010 (ROJ: SAP V 134/2010), y SAP, Civil sección 6 del 07 de Febrero del 2012 (ROJ: SAP V En el caso que se nos plantea, en el escrito de oposición (folios 29 y 30) e......
  • SAP Valencia 501/2013, 2 de Diciembre de 2013
    • España
    • 2 Diciembre 2013
    ...rollo nº 213/2006, de 28 de noviembre de 2006, rollo nº 749/2006, de 22 de junio de 2002, rollo nº 331/2002, de 19 de Enero del 2010 ( ROJ: SAP V 134/2010), y 07 de Febrero del 2012 ( ROJ: SAP V Por tanto, como el escrito de oposición de la arrendataria (folios 66 y 67) no hizo la más mínim......
  • SAP Valencia 104/2015, 21 de Abril de 2015
    • España
    • 21 Abril 2015
    ...en rollo nº 749/2006, Sentencia nº 424, de 22 de junio de 2002, rollo 331 de 2002, SAP, Civil sección 6 del 19 de Enero del 2010 ( ROJ: SAP V 134/2010), y SAP, Civil sección 6 del 07 de Febrero del 2012 (ROJ: SAP V Aparte de que tales dificultades son irrelevantes porque, como dice la juez ......
  • Solicita tu prueba para ver los resultados completos

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR