STSJ País Vasco , 9 de Noviembre de 2007

PonenteJESUS PABLO SESMA DE LUIS
ECLIES:TSJPV:2007:4503
Número de Recurso1939/2007
Fecha de Resolución 9 de Noviembre de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA Nº:

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DEL PAIS VASCO

En la Villa de Bilbao, a 9 de Noviembre de 2007.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma del Pais Vasco, formada por los Iltmos. Sres. D. PABLO SESMA DE LUIS, Presidente en funciones, D. MODESTO IRURETAGOYENA ITURRI y D. JAIME SEGALES FIDALGO, Magistrados, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por Rafael contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº 7 de Vizcaya, de fecha catorce de Marzo de dos mil siete (autos 814/06), dictada en proceso sobre -Jubilación Parcial - Contrato Relevo- (SSO), y entablado por el recurrente frente a. INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, la TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL y TRANSPORTES JAVIER REYES S.L.

Es Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. PABLO SESMA DE LUIS, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y terminó por sentencia, cuya relación de hechos probados es la siguiente:

"1º.-) Que el actor D. Rafael , mayor de edad y nacido el 29-8-1946, con D.N.I. nº NUM000 , y nº de afiliación a la Seguridad Social NUM001 , se interesó que se le reconociera pensión de jubilación parcial con fecha de efectos 12-9-06.

  1. -) Que por resolución del I.N. S.S. de fecha 29-9-06 se denegó la prestación de jubilación parcial a

    D. Rafael , en razón de la siguiente motivación:

    "1º.- Con fecha 27 de septiembre ha presentado solicitud de jubilación parcial a su nombre, aportando un contrato a tiempo parcial y un contrato de relevo del que es titular D. Adolfo .

  2. - La empresa desde la que pretende acceder a la jubilación parcial con fecha 12-09-2006, es"Transportes Javier Reyes, S.L."

  3. - En la mencionada empresa está de alta desde el 18-04-2006, por lo que no es un tiempo suficientemente amplio como para considerar que reduce su jornada de trabajo, ya que son sólo 147 días."

  4. -) Que no conforme con la anterior resolución, se interpuso por D. Rafael reclamación previa frente a la misma, que fue desestimada por resolución de 30-10-06.

  5. -) Que D. Rafael permaneció en situación de desempleo desde el 22- 10-05 hasta el 17-4-06.

    Que D. Rafael causó alta en la empresa TRANSPORTES JAVIER REYES, S.L. el 18-4-2006, y solicitó la jubilación parcial con efectos el 12-9-06, tras 147 días de haber iniciado la prestación de servicios.

    Que por D. Rafael y TRANSPORTES JAVIER REYES, S.L. se firmó contrato de trabajo en fecha 12-9-06, de duración determinada a tiempo parcial (1,11 horas al día) y situación jubilación parcial, por el que se reducía la jornada de trabajo y salario en un 85%. Que la duración del citado contrato se establecía desde el 12-9-2006 al 29-8-2011.

    Que con dicha fecha 8-6-06 se celebró un contrato de relevo entre TRANSPORTES JAVIER REYES, S.L. y D. Adolfo -hijo de D. Rafael -, vinculado a la reducción de jornada del trabajador D. Rafael .

  6. -) Que para el supuesto de estimarse la demanda, correspondería el reconocimiento de una Base Reguladora mensual de 1.847,29 euros, un porcentaje del 85% derivado de la jubilación parcial, un porcentaje de pensión del 98% en atención a los años de cotización, y una fecha de efectos de 12- 9-06.

  7. -) Que el I.N.S.S. asume la responsabilidad derivada de la prestación solicitada para el supuesto de que se estimara la demanda.

  8. -) Que se ha agotado la vía administrativa previa dándose por reproducido el...

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