STSJ Cataluña 2653/2006, 28 de Marzo de 2006

PonenteMARIA DEL CARMEN FIGUERAS CUADRA
ECLIES:TSJCAT:2006:3996
Número de Recurso6474/2005
Número de Resolución2653/2006
Fecha de Resolución28 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 2653/2006 En el recurso de suplicación interpuesto por Raquel frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Tarragona de fecha 6.5.2005 dictada en el procedimiento Demandas nº 188/2005 y siendo recurrido/a FOGASA, PORT AVENTURA S.A y MINISTERIO FISCAL TARRAGONA. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Mª DEL CARMEN FIGUERAS CUADRA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 15.3.2005 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 6.05.2005 que contenía el siguiente Fallo:

Que DESESTIMANDO la demanda interpuesta por DÑA. Raquel , con N.I.E. nº NUM000 , contra PORT AVENTURA, S.A. y FOGASA, siendo parte el MINISTERIO FISCAL, debo absolver y absuelvo a las demandadas de los pedimentos de la parte actora.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"PRIMERO.- La actora Dña. Raquel , ha prestado servicios para la demandada PORT AVENTURA,S.A., ostentando la categoría profesional de Artista, percibiendo un salario anual de 16.819,49.- euros con inclusión de pagas extraordinarias, en los siguientes períodos:

-Desde el 07-06.1996 al 15.9.1996

(animador de calle en diferentes espectáculos)

-Desde el 02.06.1997 al 14.09.1997

(animador de calle en diferentes espectáculos)

-Desde 02.03.1998 al 01.11.1998

(La Perla del Dragón. Diferentes espectáculos en Polinesia)

-Desde el 22,02.1999 al 01.11.1999 (Espectáculo El Sol de oriente en el Gran Teatro Imperial)

-Desde el 28.02.2000 al 05.11.2000 (Espectáculo El Sol de oriente en el Gran Teatro Imperial. Pre-show espectáculos en México). Desde el 04.06.2001 al 16.09.2001

(diferentes espectáculos en México)

-Desde el 18.02.2002 al 03.11.2002

(La Perla del Dragón. Xu Xop Xou)

-Desde el 08.11.2002 al 11.11.2002

(La Perla del Dragón. Xu Xop Xou)

-Desde el 14.11.2002 al 06.01.2003

(Espectáculo El día especial)

Desde el 17.02.2003 al 02.11.2003

(Fort Frenes)

-Desde el 22.11.2003 al 24.11.2003

(La Perla del Dragón).

-Desde el 29.11.2003 al 30.11.2003

(La Perla del Dragón)

-Desde el 06.12.2003 al 08.12.2003

(La Perla del Dragón).

-Desde el 12.12.2003 al 15.12.2003

(La Perla del Dragón. Xu Xop Xou)

-Desde el 08.03.2004 al 01.11.2004

(El Sol de Oriente. La Fuente del Dragón. Pre-xhow espectáculo de danzas mexicanas)En cada uno de los años referidos (a excepción de los años 1996 y 1997, que eran contratos eventuales al amparo del R.D. 2546/94 ), la actora y la demandada formalizaron un contrato de trabajo de Artistas Profesionales al amparo del R,D, 1435/85. A la finalización de cada contrato, la demandante percibía la correspondiente liquidación de partes proporcionales dejando de prestar servicios para la demandada.

Contratos de trabajo que obran en autos aportados por la parte actora y de la demandada, y que se tienen íntegramente por reproducidos a los efectos de su integración en el presente relato fáctico.

(docum. nº 1 a 16 de la parte actora y docum. nº 1 y 2 de la demandada).

SEGUNDO

La empresa demandada explota el parque temático del mismo nombre, en el que se ofrecen al público atracciones y espectáculos varios para el entretenimiento y diversión de los visitantes, durante la temporada de apertura al público del mismo. La demandada tiene una variedad a lo largo de toda la temporada, de por lo menos 51 espectáculos.

(docum. nº 3 y 4 de la demandada)

TERCERO

La demandante en los diferentes años en los que ha prestado servicios para la demandada, ha desarrollado su labor como Artista, en los diferentes espectáculos que se relacionan en el hecho probado primero de la presente resolución. Al comienzo de cada temporada, debía realizar ensayos en atención al espectáculo a realizar.

(testifical Sr. Augusto , Sra. Erica )

CUARTO

La empresa demandada tiene regulado un convenio colectivo propio de empresa.

(docum. nº 20 a 23 de la demandada)

QUINTO

La actora el 2.5.2005, se hizo una prueba de ammiocentesis en el que constaba que era gestante de 16 semanas.

(docum. nº 19 de la actora)

SEXTO

La demandante insta la presente demanda al considerar que al ser fija discontinua, fue objeto de un despido el pasado día 21.2.2002, al no haber sido llamada para la presente temporada, solicitando el despido nulo al encontrarse embarazada, y subsidiariamente improcedente.

SÉPTIMO

La temporada empezó el 18.3.2005, iniciando previamente la empresa los trabajos de planificación para los diversos espectáculos a finales de septiembre, a fin de efectuar cambios y realizar múltiples pruebas o "castings" para la contratación de artistas, que finalizaron a mediados de enero, efectuándose las llamadas para la temporada entre mediados de enero y mediados de febrero para realizar ensayos y ser contratados.

(testificar Sr. Augusto y Sra. Erica ).

OCTAVO

La actora no ostenta ni ha ostentado durante el último año, cargo representativo o sindical.

NOVENO

En fecha 31.3.2005 se intentó la conciliación ante el organismo público competente que tuvo lugar sin avenencia, según papeleta presentada el día 14.3.2005."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte actora, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria PORT AVENTURA S.A., a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Frente al pronunciamiento de instancia, desestimatorio de la acción de despido ejercitada, formula la demandante recurso de suplicación que desarrolla en dos motivos, el primero de los cuales, con adecuado marco procesal, persigue la modificación del relato histórico de la resolución impugnada, postulando la adición de dos nuevos ordinales, cuyo texto ofrece, con apoyo en los documentosobrantes a los folios 38 a 71, 136 a 146, 149 a 196, 78 a 87, 227, 228, 229 y 230 de...

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