STSJ Cataluña 1477/2006, 16 de Febrero de 2006
Ponente | MARIA DEL CARMEN FIGUERAS CUADRA |
ECLI | ES:TSJCAT:2006:2727 |
Número de Recurso | 5915/2005 |
Número de Resolución | 1477/2006 |
Fecha de Resolución | 16 de Febrero de 2006 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA núm. 1477/2006
En el recurso de suplicación interpuesto por -I.N.S.S.- (Instituto Nacional de la Seguridad Social) frente a la Sentencia del Juzgado Social 9 Barcelona de fecha 11.4.2005 dictada en el procedimiento Demandas nº 155/2005 y siendo recurrido/a Juan Miguel . Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Mª DEL CARMEN FIGUERAS CUADRA.
Con fecha 4.3.2005 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 11.4.2005 que contenía el siguiente Fallo:
"Procede estimar la demanda presentada por Don. Juan Miguel contra el INSS, en reclamación de incapacidad permanente total cualificada derivada de enfermedad común, y declarar a la actora en situación de incapacidad permanente total cualificada, condenando al Organismo demandado a que le abonen una pensión equivalente al 75% de la base reguladora de 1794,94 euros y fecha de efectos de 14.10.04, con las revalorizaciones legales que procedan."
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:"
La parte actora Don. Juan Miguel , con DNI NUM000 , fecha de nacimiento 07-04-44, está afiliado a la Seguridad Social, con el nº NUM001 ; y en situación asimilada a la de alta, por desempleo subsidiado en el Régimen General; su profesión habitual es la de Manipulación de plásticos.
EI INSS el 8-11-04 dictó resolución por la que acuerda que no. procede declarar al trabajador en ningún grado de situación de incapacidad, derivada de enfermedad común y denegar el derecho a las prestaciones ecónomicas porque no reúne el requisito de incapacidad permanente.
Contra la resolución del INSS la parte actora el 21-12-04 interpuso reclamación previa por considerar que está afectado de una incapacidad permanente total cualificada derivada de enfermedad común; dicha reclamación previa ha sido denegada por resolución del INSS de 17-2-05, e interponiendo la presente demanda el 02 de marzo de 2005.
La base reguladora de la prestación es de 1794,94 euros mensuales.
La UVMI el 14-10-04 emitió dictamen médico sobre las lesiones que padecia la actora.
Solicitó la prestación el 1-10-04 y es perceptor de la prestación por desempleo en la fecha de la solicitud.
Acredita el período mínimo de cotización.
Las lesiones que presenta la parte actora actora son las siguientes: condropatía grado 1 rótula, condropatía grado 2 cóndilo interno, úlcera condral 0,3 cm en...
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STSJ Asturias 970/2019, 14 de Mayo de 2019
...al orden Social como el competente para conocer de la demanda, y cita como apoyo de sus alegaciones la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 16 de febrero de 2006 . Hemos de indicar previamente, antes del análisis de los concretos motivos del recurso, que nos encontramo......