SAP Granada 829/1999, 3 de Diciembre de 1999

PonenteJESUS FLORES DOMINGUEZ
ECLIES:APGR:1999:2862
Número de Recurso146/1999
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución829/1999
Fecha de Resolución 3 de Diciembre de 1999
EmisorAudiencia Provincial - Granada, Sección 2ª

SENTENCIA NUM. 829/99

ILMOS. SRES.

Presidente

DON EDUARDO RODRIGUEZ CANO

Magistrados

DON JOSÉ JUAN SAENZ SOUBRIER

DON JESÚS FLORES DOMÍNGUEZ

En la ciudad de Granada, a tres de diciembre de mil novecientos noventa y nueve.

Examinado, deliberado y votado en grado de apelación por la Sección Segunda de esta Iltma. Audiencia Provincial, formada por los Sres. Magistrados al margen relacionados, sin necesidad de celebración de vista, el Procedimiento Abreviado nº 93/96 del Juzgado de lo Penal nº 3 de Granada, por un delito de robo continuado con fuerza en las cosas, siendo parte, además del Ministerio Fiscal, como apelante Constantino representado en el recurso por la Procuradora Dª M Victoria de Rojas Torres y defendido por el Letrado Sr. Marcos Martín, actuando como Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. JESÚS FLORES DOMÍNGUEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el Sr. Juez del Juzgado de lo Penal núm. 3 se dictó sentencia con fecha 14 de Abril de 1.999 , en la cual se declaran como probados los siguientes HECHOS:"Probado y así se declara que alrededor de las 4h del día 2 de agosto de 1996 el acusado Constantino , mayor de edad i, sin antecedentes Penales, tras haber tomado esa misma noche en lugar y circunstancias no acreditadas, el vehículo Talbot matrícula VV-....-Y , vehículo cuyo valor no consta y que había sido sustraído el día 24 de Julio anterior iras fracturar lino de sus cristales, se dirigió con el mismo hasta una gasolinera situada en la carretera de Málaga y propiedad de Lorenza , aparcando el turismo en las cercanías e introduciéndose en una especie de almacén, sin que conste que a tal fin usara fuerza alguna, apoderándose de efectos que han sido tasados en 37.130 pesetas. Ya en la mañana del mismo día, el vehículo fue recuperado por miembros de la Guardia Civil en la localidad de Santa Fe, recuperándose los efectos sustraído a excepción de algunas botellas de vino consumidas por el acusado.

El acusado ha ingresado en la cuenta de consignaciones de este Juzgado con ficha 13 de abril de 1999 4.000 pesetas, para pago a Lorenza . ",

SEGUNDO

La parte dispositiva de dicha resolución contiene el siguiente

FALLO

"Que absolviendo al acusado Constantino , del delito continuado de robo con fuerza en las cosas por el que venía siendo acusado, lo condeno, como autor responsable de una falta de hurto de uso de vehículo a motor, a la pena de, multa de 1 mes y 15 días con una cuota diaria de 1.500 pesetas, la que habrá de ser satisfecha a la firmeza de la presente resolución: y como autor responsable de una falta de hurto, a la pena de multa de 1 mes y 15 días con una cuota diaria de 1.500 pesetas, la que habrá de ser satisfecha una vez finalizada la anterior, y pago de las costas procesales dentro de los límites de los Juicios de faltas.

Firme que sea la presente resolución, hágase entrega Lorenza de la cantidad consignada por el penado a su favor. ".

TERCERO

Contra dicha sentencia se interpuso recurso de apelación por la representación procesal de Constantino , en base a indebida aplicación...

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