SAP Granada 463/2006, 20 de Octubre de 2006
Ponente | ANTONIO GALLO ERENA |
ECLI | ES:APGR:2006:2511 |
Número de Recurso | 155/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 463/2006 |
Fecha de Resolución | 20 de Octubre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Granada, Sección 3ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL DE GRANADA
SECCIÓN TERCERA
ROLLO Nº 155/06 - AUTOS Nº 39/04
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº UNO DE BAZA
ASUNTO: J. ORDINARIO
PONENTE SR. ANTONIO GALLO ERENA.-SENTENCIA N Ú M. 463
ILTMOS. SRES.
PRESIDENTE
D.JOSÉ REQUENA PAREDES
MAGISTRADOS
D.ANTONIO GALLO ERENA
D.JOSÉ Mª JIMÉNEZ BURKHARDT
En la Ciudad de Granada, a veinte de octubre de dos mil seis.
La Sección Tercera de esta Audiencia Provincial constituida con los Iltmos. Sres. al margen relacionados ha visto en grado de apelación -rollo nº 155/06- los autos de J. Ordinario nº 39/04, del Juzgado de Primera Instancia nº Uno de Baza, seguidos en virtud de demanda de D. Jose Francisco contra D. Luis Pedro y Dª Elsa .
Que, por el mencionado Juzgado se dictó resolución en fecha treinta y uno de octubre de dos mil cinco , cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "Estimando íntegramente la demanda formulada por la Procuradora Sra. Martínez Moreno, en nombre y representación de don Jose Francisco , frente a don Luis Pedro y doña Elsa , a su vez representados por la Procuradora Sra. Velázquez de Castro Sánchez: 1º.- Debo declarar y declaro que la propiedad del actor, descrita en el hecho primero de la demanda, no está gravada con derecho de servidumbre de tipo alguno a favor de los demandados. 2º.-Debo condenar y condeno a los referidos demandados a que supriman el compresor de aire acondicionado que han instalado en la pares que linda con la finca del actor, invadiendo el vuelo de su propiedad y que se indentifica y detalla en el informe pericial aportado con la demanda. Asimismo se condena a los demandados al pago de las costas procesales".
Que contra dicha resolución se interpuso recurso de apelación por la parte demandada, al que se opuso la parte contraria; una vez elevadas las actuaciones a éste Tribunal se siguió el trámite prescrito y se señaló día para la votación y fallo, con arreglo al orden establecido para estas apelaciones.
Que, por éste Tribunal se han observado las formalidades legales en ésta alzada.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. ANTONIO GALLO ERENA.-
Aceptándose los de la resolución apelada y
Se denuncia en la primera alegación del escrito de recurso, error en la aplicación de la doctrina jurisprudencial sobre la acción negatoria de servidumbre y en concreto sobre la legitimación activa para ejercitarla, para lo que, como allí se expresa, resulta imprescindible que se pruebe su derecho de propiedad sobre el trozo de terreno sobre el que vuela el motor del aire acondicionado.
Desde el momento que el Juzgador "a quo" concluye tras la valoración de la prueba que hace en el fundamento tercero de la sentencia, que quedó cumplida por la parte actora su titularidad...
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