SAP Valencia 511/2006, 20 de Octubre de 2006
Ponente | ALEJANDRO FRANCISCO GIMENEZ MURRIA |
ECLI | ES:APV:2006:3727 |
Número de Recurso | 486/2006 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 511/2006 |
Fecha de Resolución | 20 de Octubre de 2006 |
Emisor | Audiencia Provincial - Valencia, Sección 11ª |
SENTENCIA Nº 511/06 ===========================
Iltmos/as. Sres/as.:
Presidente
D. JOSE ALFONSO AROLAS ROMERO
Magistrados/as
Dª SUSANA CATALAN MUEDRA
D. ALEJANDRO GIMENEZ MURRIA
===========================
En Valencia, a veinte de octubre de dos mil seis Vistos por la Sección Undécima de esta Audiencia Provincial, siendo ponente el Ilmo. Sr. D. ALEJANDRO GIMENEZ MURRIA, los autos de Procedimiento monitorio Nº 424/2005, promovidos por la COMUNIDAD DE PROPIETARIOS CALLE000 NUM000 contra D. Ángel Daniel y Dª Rebeca sobre "reclamación de cantidad", pendientes ante la misma en virtud del recurso de apelación interpuesto por laCOMUNIDAD DE PROPIETARIOS CALLE000 NUM000 , representado por el Procurador D/Dña. Mª FE SUBIERON SANCHEZ y asistido del Letrado D/Dña. MIGUEL NAVARRO ERES contra D. Ángel Daniel y Dª Rebeca , representado por el Procurador D. VICENTE ADAM HERRERO y asistido del Letrado D. RAFAEL NAVARRO FERRER
El JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NUMERO 3 DE MASSAMAGRELL, en fecha 30/01/06 en el Procedimiento monitorio - 000424/2005 que se tiene dicho, dictó sentencia conteniendo el siguiente pronunciamiento: "FALLO: 1.- SE ESTIMA la demanda presentada por el Procurador Sr/a. SUBIRON SANCHEZ, MARIA FE, en nombre y representación de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS CALLE000 NUM000 , condenando a Ángel Daniel Y Rebeca a que paguen al actor la cantidad de 978,89 euros. 2.- No ha lugar a imposición de costas."
Contra dicha sentencia, se interpuso en tiempo y forma recurso de apelación por la representación procesal de COMUNIDAD DE PROPIETARIOS CALLE000 NUM000 , y emplazadas las demás partes por término de 10 días, se presentó en tiempo y forma escrito de oposición por la representación de Ángel Daniel y Rebeca . Admitido el recurso de apelación y remitidos los autos a esta Audiencia, donde se tramitó la alzada, se señaló para deliberación y votación el día 19-10-06 .
Se han observado las prescripciones y formalidades legales.
No comparte la Sala los de la sentencia recurrida, en lo referido a la no condena en costas a los demandados, y .
Habiéndose dictado sentencia estimándose la demanda por el allanamiento de los demandados en la que no se imponían las costas, por la representación del actor se recurrió esta resolución, alegando en síntesis: 1º) error en los antecedentes de hecho pues contrariamente a lo allí indicado esta parte pidió la condena con la imposición de las costas; 2º) Los demandados fueron objeto de requerimiento de la deuda con anterioridad a la demanda, por lo que debe apreciarse mala fe y proceder a su condena en costas, conforme al artículo 395 de la LEC . pues estamos ante un pleito innecesario.
La cuestión que plantea el recurrente va referida a la no imposición de costas, que en la sentencia se sustentó en el articulo 395 de la LEC ., y en la inexistencia de mala fe en los demandados. Efectivamente, como sostuvo el actor, en la demanda de monitorio si se solicitó la condena en costas, como se constata...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba-
SAP Madrid 533/2021, 27 de Octubre de 2021
...desleal, en materia de intereses, ha sido recogida en sentencias de la Audiencia Provincial de Valencia de 30 de noviembre de 2.005, 20 de octubre de 2.006 y 16 de febrero de 2.007, también la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de Alicante, en sentencia de 22 de febrero de 2.006, indican......