STSJ Aragón 74/2008, 31 de Enero de 2008

PonenteRAFAEL MARIA MEDINA ALAPONT
ECLIES:TSJAR:2008:383
Número de Recurso53/2008
Número de Resolución74/2008
Fecha de Resolución31 de Enero de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA: 00074/2008

Rollo número: 53/2008

Sentencia número: 74/2008

M.

MAGISTRADOS ILMOS. Sres.:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ

D. RAFAEL MARÍA MEDINA Y ALAPONT

D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE

En Zaragoza, a treinta y uno de enero de dos mil ocho.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 53 de 2008 (Autos núm. 737/2007), interpuesto por la parte demandante D. Serafin , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 6 de Zaragoza, de fecha 30 de noviembre de 2007, siendo demandado TORRASPAPEL SA, sobre declarativa de derecho -vacaciones-. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. RAFAEL MARÍA MEDINA Y ALAPONT.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Serafin , contra Torraspapel SA, sobre declarativa de derecho -vacaciones-; y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social número 6 de Zaragoza, de fecha 30 de noviembre de 2007 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que desestimando como desestimo la demanda interpuesta por D. Serafin contra Torraspapel, S.A., debo absolver y absuelvo a la demandada del pedimento contenido en el suplico de la demanda".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del siguiente tenorliteral:

"1º.- E1 actor D. Serafin , cuyos demás datos personales constan en autos, presta sus servicios profesionales para la demandada Torraspapel S.A. con la categoría profesional y salario señalado en demanda.

  1. - A1 inicio cada año, y así también para el año 2007, la empresa organizó el calendario de vacaciones anuales de su plantilla de trabajadores de acuerdo con los representantes de los trabajadores, mediante la asignación de los distintos periodos y fechas, respetando turnos de trabajo de mañana, tarde y noche.

    A1 trabajador hoy demandante, dentro de esa programación, le correspondió el disfrute de 10 días de vacaciones del 7 al 16 de Agosto de 2007.

  2. - E1 trabajador Sr. Serafin inició periodo de Incapacidad Temporal por enfermedad común el 18 de Julio de 2007, con el diagnóstico de osteocondrosis de rodilla, causando alta por mejoría el 9 de Septiembre de 2007.

    El trabajador no disfrutó del referido periodo de vacaciones por permanecer en situación de IT.

  3. - En la empresa rige el Convenio Colectivo Estatal de Pastas, Papel y Cartón cuyo artículo 9.5 dice "Las vacaciones se disfrutarán a partir de la fecha de publicación por la Empresa del cuadro correspondiente, de acuerdo con lo establecido en el art. 12.2 apartado 6 y preferentemente en verano entre el 21 de Junio y el 21 de Septiembre ).

    Las vacaciones retribuidas para todo el personal que se rija por este Convenio serán de 30 días naturales de los cuales al menos 24 serán laborales.

    Son días laborales los que así constan en el calendario oficial del año para toda la provincia.

    El personal que ingrese o cese en el transcurso del año tendrá derecho a la parte proporcional de las vacaciones según el número de meses trabajadores, computándose como mes completo la fracción del mismo.

    Se interrumpen en los casos de hospitalización, accidente y maternidad que coincidan con las vacaciones programadas, pudiendo disfrutarse en otras fechas dentro del año."

    Existe además un Pacto de Empresa de 1992 de específica aplicación para la factoría La Montañanesa de Zaragoza en cuyo art. 15 en cuyos párrafos segundo y tercero establece lo siguiente "La situación de Incapacidad Laboral Transitoria derivada de accidente interrumpirá el periodo de vacaciones.

    En caso de I.L.T por enfermedad común que requiera internamiento en centro hospitalario o en su domicilio se interrumpirá dicho periodo de vacaciones a...

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