STSJ Canarias 152/2008, 7 de Marzo de 2008

PonenteFRANCISCO JAVIER VARONA GOMEZ-ACEDO
ECLIES:TSJICAN:2008:1763
Número de Recurso104/2007
Número de Resolución152/2008
Fecha de Resolución 7 de Marzo de 2008
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA nº 152/08

ILMO. SR. PRESIDENTE

D. Francisco J. Gómez Cáceres

ILMO. SRES. MAGISTRADOS

D. Jaime Borras Moya

D. Javier Varona Gómez Acedo (Ponente)

En Las Palmas de Gran Canaria , a 7 de marzo de 2008

Visto por esta Sección TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CANARIAS. SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. Sección Primera. , integrada por los Sres. Magistrados, anotados al margen, el recurso Contencioso Administrativo nº 0000104/2007 , interpuesto por la entidad Brisa Motor S.L. , representado el Procurador de los Tribunales D.

Antonio Jaime Enríquez Sánchez y dirigido por el abogado D. Jose Luis Romero Caballero Roldan , contrael Tribunal Economico

Administrativo Regional De Canarias , habiendo comparecido, en su representación y defensa el Sr. Abogado Del Estado .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Es objeto del recurso la RESOLUCIÓN del Tribunal Económico Administrativo Regional de Canarias de fecha 30 de noviembre de 2006, por el que se acuerda desestimar la reclamación económica número 35/03000/2005 y acumuladas 03438/05 a 03447/05 , por el concepto de Actos del Procedimiento Recaudatorio, siendo la Oficina Gestora la Dependencia Regional de Recaudación. Delegación de la AEAT de Las Palmas

SEGUNDO

La representación de la demandante interpuso recurso contencioso-administrativo contra dicho acto, formalizando demanda con la súplica de que se dicte sentencia por la que se declare la nulidad del acto administrativo impugnado.

TERCERO

La Administración demandada contestó a la demanda, oponiéndose a ella e interesando una sentencia desestimatoria del recurso interpuesto.

CUARTO

No se recibió el proceso a prueba, se señaló dia para votación y fallo del presente recurso en cuyo acto tuvo lugar su realización.Se han observado las prescripciones legales que regulan la tramitación del recurso cuya cuantía es

19.331,16 eur.

Es ponente el Ilmo. Sr. Don Javier Varona Gómez Acedo, que expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto de impugnación en la presente litis la resolución del TEAR de Canarias de 30 noviembre de 2006 por las que se desestiman las reclamaciones económico administrativas interpuestas por la actora contra las providencias de apremio por débitos de aduana.

Centra el actor como motivo único de su escrito de demanda que cuando solicitó la suspensión y avaló las deudas tributarias, las mismas se encontraban en periodo voluntario de pago, por lo que el inicio del periodo ejecutivo y el consiguiente recargo de apremio liquidados al demandante en las providencias impugnadas resultan improcedentes, entendiendo que en las notificaciones de las liquidaciones no se hizo constancia de que el cómputo de los plazos hubiera de hacerse por días naturales , tal y como exige el artículo 48.1...

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