STSJ Comunidad de Madrid 316/2005, 17 de Marzo de 2005

PonenteJOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLO
ECLIES:TSJM:2005:3025
Número de Recurso188/2002
Número de Resolución316/2005
Fecha de Resolución17 de Marzo de 2005
EmisorSala de lo Contencioso

D. JOSE ALBERTO GALLEGO LAGUNAD. JOSE IGNACIO PARADA VAZQUEZD. JOSE IGNACIO ZARZALEJOS BURGUILLODª. ANTONIA DE LA PEÑA ELIASD. MIGUEL DE LOS SANTOS GANDARILLAS MARTOS

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.5

MADRID

SENTENCIA: 00316/2005

Recurso núm. 188/2002

PROCURADORA: Dª MARÍA DOLORES MARTÍN CANTÓN

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

SECCIÓN QUINTA

S E N T E N C I A 316

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. José Alberto Gallego Laguna

Magistrados:

D. José Ignacio Parada Vázquez

D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo

Dª María Antonia de la Peña Elías

D. Santos Gandarillas Martos

__________________________________

En la villa de Madrid, a diecisiete de marzo de dos mil cinco.

VISTO por la Sala el recurso contencioso administrativo núm. 188/2002, interpuesto por la Procuradora Dª Mª Dolores Martín Cantón, en representación de D. Julián , contra las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 20 de octubre de 2000, que concedieron las marcas núms. 2.269.957 y 2.269.958 para distinguir productos de las clases 10 y 5 del Nomenclátor, así como frente a las resoluciones de fechas 6 y 7 de noviembre de 2001 que desestimaron los recursos deducidos contra aquéllas; habiendo sido parte demandada la Administración General del Estado, representada y defendida por su Abogacía.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites prevenidos por la Ley de esta Jurisdicción, se emplazó a la parte actora para que formalizase la demanda, lo que verificó mediante escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de Derecho que estimó de aplicación, suplicaba se dicte sentencia que declare nulas y deje sin efecto las resoluciones recurridas, denegando las marcas solicitadas 2.269.957 y 2.269.958, VIADENT.

SEGUNDO

El Abogado del Estado contestó a la demanda mediante escrito en el que suplicaba se dicte sentencia que desestime el recurso.

TERCERO

Por auto de fecha 26 de noviembre de 2002 se acordó el recibimiento a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones, habiéndose señalado para votación y fallo del recurso el día 15 de marzo de 2005, en cuya fecha ha tenido lugar.

Ha sido Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Ignacio Zarzalejos Burguillo, quien expresa el parecer de la Sala.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

El presente recurso tiene por objeto determinar si se ajusta o no a Derecho las resoluciones de la Oficina Española de Patentes y Marcas de fecha 20 de octubre de 2000, confirmadas por las de 6 y 7 de noviembre de 2001, que concedieron a la entidad VIADENT, S.L. las marcas 2.269.957, VIADENT, clase 10 del Nomenclátor (aparatos e instrumentos quirúrgicos, médicos, dentales y veterinarios, miembros, ojos y dientes artificiales, artículos ortopédicos, material de sutura) y 2.269.958, VIADENT, clase 5 (productos farmacéuticos, veterinarios e higiénicos, sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés, pegados, material para apósitos, material para empastar los dientes y para moldes dentales, desinfectantes, productos para la destrucción de animales dañinos, fungicidas, herbicidas).

La parte actora solicita la anulación de las...

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