Sentencias sobre Obligaciones reciprocas
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STS 204/2015, 27 de Abril de 2015
OBLIGACIONES SINALAGMÁTICAS. PLAZO DE PREAVISO PARA SU RESOLUCIÓN EN CASO DE INCUMPLIMIENTO. El plazo de preaviso deviene innecesario para el correcto ejercicio de la resolución contractual cuando una de las partes incumple sus obligaciones contractuales. Ha lugar al recurso de casación.
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STS 0068, 3 de Febrero de 1994
"OBLIGACIONES RECÍPROCAS. El motivo ha de ser atendido, porque aunque por tratarse de obligaciones recíprocas ha de sobreentenderse que el cumplimiento del contrato por la recurrente, -que es el pronunciamiento que se contiene en ambas sentencias, ya que la de apelación confirma en tal extremo la de primera instancia-, ha de llevar aparejado el cumplimiento de las que contrajo la parte...