Sentencias sobre Bienes de conquista
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STS 279/1997, 7 de Abril de 1997
BIENES GANANCIALES. PRESUNCIÓN IURIS TANTUM: En el presente caso, existe un bien inmueble, adquirido durante la existencia de un matrimonio que rige su aspecto patrimonial, por el sistema de la sociedad de gananciales. O sea, que en principio hay que presumir dicho bien como ganancial. Pero esa presunción puede destruirse por cualquier clase de pruebas en contrario. En primera instancia se estima
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STS 711/1994, 18 de Julio de 1994
"SOCIEDAD DE GANANCIALES. PRESUNCION DE GANANCIALIDAD. La presunción ""iuris tantum"" de ganancialidad de los bienes que establecía el antiguo artículo 1407 y mantiene el actual 1361 del Código Civil, es la que procede a los discutidos en el pleito, pues no se ha cumplido la exigencia de la doctrina jurisprudencial de esta Sala, de la necesidad de darse prueba en contrario
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STS 611/1995, 20 de Junio de 1995
Liquidación de la sociedad ganancial. Incongruencia de la sentencia. Disolución. Inventario de bienes. Incongruencia de la sentencia. Liquidación de la sociedad ganancial. Inventario de bienes. Disolución
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STSJ Navarra 357, 12 de Abril de 2006
SOCIEDAD CONYUGAL. LIQUIDACIÓN. RECURSO DE CASACIÓN. Se reclama contra la sentencia dictada en apelación, y se alza en recurso de casación en el marco de liquidación de la sociedad conyugal de conquistas de los cónyuges. De las complejas cuestiones liquidatorias del caudal partible, planteadas en juicio de mayor cuantía autónomo al de separación. En el caso presente no existiendo prueba...