res perit domino
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Jurisprudencia Civil-Propiedad y derechos reales.
... que asume los riesgos de su cometido, de acuer- do con la regla res perit domino, y, de otra parte, en la fijación de un precio cierto que el ...
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Venta por el propietario no poseedor: Cesión de la acción reivindicatoria.
... ón de entregarla, perece para el acreedor; según la regla res perit domino, aun cuando se haya señalado plazo o término para hacer la ...
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SAP Madrid, 11 de Septiembre de 1999
CONTRATO DE OBRA. No se trata de que el comitente deba el precio a todo trance, ni de que cualquier irregularidad le exonere de realizar su prestación sino que sólo ante el incumplimiento pleno queda facultada, en principio, para no cumplir su prestación. No sucede lo mismo cuando lo mal realizado u omitido carezca de suficiente entidad en relación con lo ejecutado, ya que entonces, resultaría...
... asume los riesgos de su contenido de acuerdo con las reglas «res perit domino» y de otra, en la fijación de un precio cierto (artículos 1.543 ... -
Aspectos jurídicos de la contrata. El negocio jurídico de la contrata
I. ¿La contrata es un negocio jurídico? - II. La contrata como contrato - III. Requisitos esenciales del contrato de contrata - III.1. El objeto de la contrata - III.2. La causa de la contrata - IV. Los intentos de regulación de la contrata
... 73): " Similiter etiam servus tenetur in conscientia parere domino, ut plane docet Paulus locis citatis et sumitur ex Petri 2 [et] ex cap. 1 ... 1182 del Código Civil. Vid. " Genus nunquam perit ", Caffarena Laporta, J., ADC, Tomo 35, Fascículo 21, abril-junio 1982 ... -
El pago de lo indebido
... 1.897: se trata, allí, de un caso de adquisición a non domino, en las especiales circunstancias que se desprenden de su contexto; por ... su parte- hasta que las restituya, conforme al principio gemís non perit, que resulta especialmente impuesto para el caso del pago de lo indebido ...
- Resolución de 4 de febrero de 2010, del Servicio de Gestión Económica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se anuncian las notificaciones por comparecencia, después de haber realizado primero y segundo intentos.