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CONFLICTO COLECTIVO. CONVENIO COLECTIVO. La cuestión que ha de resolverse consiste en determinar si los trabajadores de la empresa demandada han adquirido el derecho a que ésta les proporcione en "formato libro" una copia del convenio colectivo en cada ocasión que se firme uno nuevo. Esa obligación de información no la ha cumplido la empresa para todos los trabajadores, desde el momento en que, por un lado, la mayoría de ellos no utilizan herramientas informáticas en su actividad ordinaria, y, por otro, no se acreditó que se hubiesen colocado pantallas táctiles o terminales de ordenador en todos los centros de trabajo. De esta forma, no todos los trabajadores tienen acceso a la información exigible ni pueden imprimir el texto del convenio, si lo consideran oportuno, razón por la que esa nueva forma de dar cumplimiento al contenido de la condición más beneficiosa, no se ajusta a los parámetros de suficiencia, extensión, generalidad y facilidad de conocimiento y consulta. Mientras subsista tal situación y no todos los empleados tengan acceso fácil a esa información, la empresa deberá mantener para quienes no tengan acceso de esa manera a la información del convenio colectivo el sistema tradicional de entregar copia en formato papel o "libro" del texto cuando se apruebe. Se estima en parte el recurso de casación.
...(CASBEGA, S.A.), contra la sentencia de 17 de marzo de 2.01...- Comité Intercentros de Casbega contra Casbega, S.A. sobre...
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... Castellana de Bebidas Gaseosas, SA (CASBEGA, SA) (Código de Convenio número 90006852011991),... de la misma y, de otra, por el Comité Intercentros, en representación de los trabajador...
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La trasposicíón de la Directiva 89/391/CEE, mediante la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, ha introducido en nuestro Derecho un nuevo sistema de organización de la seguridad e higiene en el trabajo, dentro del cual ocupan una destacada posición los derechos de consulta y participación de los trabajadores. El objetivo de este estudio es analizar cuál ha sido el impacto real de estas nuevas normas sobre nuestro Sistema de relaciones laborales, cómo se han aplicado estos derechos de consulta y participación en la práctica de las empresas. A tal efecto se analizan sucesivamente: a) la doctrina del Tribunal Supremo y de los Tribunales Superiores de Justicia sobre los nuevos preceptos; b) la recepción de las nue...
...) en la que se discute la pertenencia al comité de salud y seguridad de un representante funcionar... artículo 63.3 ET sobre el comité intercentros 15 . El Tribunal negó su aplicación al comité d... Bebidas Gaseosas, Sociedad Anónima» («Casbega, Sociedad Anónima») , BOE 16/2/2001. . 29. RESOL...
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...A. -Casbega- (Código de Convenio n.º 9006852), para el perí... de la misma, y, de otra, por el Comité Intercentros, en representación de los trabajador...
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FJ 2º. - De conformidad con lo prevenido en el artículo 97, 2 del TRLPL los hechos, declarados probados, se han deducido de las pruebas siguientes:
a. - El primero no fue controvertido, reputándose conforme, a tenor con lo dispuesto en el art. 87, 1 del TRLPL .
b. - El segundo del convenio de 1981, que obra en folios 43 a 73, aportado por CCOO y reconocido de contrario. - Es conforme que el texto reproducido no se mantuvo en los convenios posteriores, siendo, así mismo, pacífico, que la empresa continuó entregando un ejemplar del convenio en formato libro a cada uno de sus trabajadores hasta el convenio 2008-2009. - Dicho convenio obra en folios 86 a 158 y 469 a 522 de autos, aportado por ambas partes.
c. - El tercero de las cartas de presentación del portal, enviada a los trabajadores, q...
...CC.OO - COMITÉ. INTERCENTROS DE CASBEGA, S.A. contra CASBEGA, S.A...
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... de la misma y, de otra, por el Comité Intercentros en representación de los trabajadore... ha sido pactado por la Dirección de Casbega, S.A. y los/las Representantes de los Trabajadores...
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... su representación, y de otra, por el Comité Intercentros, en representación de los trabajador...
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FJ únicoFrente a la sentencia de instancia que estima la excepción de inadecuación de procedimiento de conflicto colectivo, en la reclamación efectuada por la Federación Agroalimentaria de CC.OO y el Presidente del comité de Empresa del centro de trabajo de Las Mercedes de Casbega SA, en la que solicitan que se declare el derecho de los trabajadores del área de SAC (Servicio de Atención al Cliente) del centro de trabajo de Las Mercedes (Madrid) de Casbega SA a estar exentos de la obligación de realizar los turnos rotatorios de viernes y en período de verano, la representación letrada de la Federación Agroalimentaria de Comisiones Obreras interpone recurso de suplicación formulando un motivo destinado a la censura jurídica, al considerar que se ha interpretado erróneamente ...
...comunicó al comité intercentros por la Dirección de. Recursos Humanos del 13-12-2...
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... de la misma, y de otra por el Comité Intercentros, en representación de los trabajador...
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FJ 2º Que solicitado en la demanda, después de la modificación efectuada en el acto del juicio, el derecho de la representación sindical de CC.OO. en la empresa a convocar asambleas informativas de negociación durante la jornada de trabajo y, con retribución por la empresa de, al menos, hora y media de duración para todos los trabajadores el único objeto del presente conflicto es el de determinar la interpretación que deba darse a los arts. 56 del Convenio Colectivo de 1998 , que es fiel trasunto del 55 del de 1997 y en cuanto expresan que: "Se estará a lo que marquen las disposiciones legales vigentes. No obstante lo anterior, la Empresa concede 3 horas anuales para que, aquellos trabajadores que, encontrándose en proceso productivo, puedan asistir, sin pérdida de retribuci...
...BEBIDAS Y TABACOS DE CCOOcontra CASBEGA SA, UGT Y CGTsobre conflicto colectivo.Ha sido Pon...Tercero.- Que el Comité Intercentros de la empresa demandada está integra...