Resolución de 30 de marzo de 1992, de La Secretaria de estado de Comercio, por la que se establece el régimen de intercambios comerciales con las republicas de Croacia y Eslovenia y con las republicas yugoslavas de Bosnia-Herzegovina, de Macedonia y de Montenegro.

MarginalBOE-A-1992-7636
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Industria, Comercio y Turismo
Rango de LeyResolución

En aplicaci n del Reglamento (cee) número 3300/1991, del consejo, y de la decisión 91/558/ceca, quedaron suspendidas las concesiones comerciales previstas por el acuerdo de cooperación entre la Comunidad y la república Socialista federativa de Yugoslavia.

No obstante lo anterior, la Comunidad y sus Estados miembros, dentro del Marco de cooperación política, han decidido de común acuerdo aplicar con carácter selectivo medidas positivas en favor de las partes que están contribuyendo en el Proceso de pacificación. Medidas que han sido plasmadas en el Reglamento (cee) número 545/1992 y en la decisión 92/150/ceca, relativos al régimen aplicable a las importaciones de los productos originarios de las repúblicas de Croacia y Eslovenia y de las repúblicas yugoslavas de Bosnia-Herzegovina, de Macedonia y de Montenegro.

La adaptación de dichas Disposiciones a la normativa española implica, entre otras, la modificación de los regímenes comerciales de importación entre España y la república federativa Socialista de Yugoslavia que deberán ser plasmados en la vigente orden de 23 de diciembre de 1991, por la que se establecen los diferentes regímenes de intercambios comerciales de importación.

Por otra parte, la orden de 27 de agosto de 1986, por la que se modifican determinados preceptos de diversas órdenes sobre Comercio exterior, autoriza al Secretario de Estado de Comercio para introducir modificaciones en el régimen de Comercio cuándo se trate de poner en ejecución normas...

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