DECRETO 235/2012, de 5 de diciembre, por el que se fija la estructura orgánica de la Vicepresidencia y de las consellerías de la Xunta de Galicia.

Sección1 - Disposiciones Generales
EmisorCONSELLERIA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PUBLICAS Y JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

La optimización de los recursos públicos, la eficacia en la gestión y el logro de la máxima coordinación de las distintas unidades administrativas son principios básicos que guían la actuación de la Xunta de Galicia.

En aplicación de estos principios, en el año 2009 se inició un proceso gradual de racionalización, simplificación y reducción de las estructuras administrativas, tanto en lo que respecta a la Administración general como al conjunto de entidades públicas instrumentales del sector público autonómico.

Así, se abordó una reducción del 40 % en el número de consellerías, se impulsó un nuevo diseño de la administración periférica con cinco únicas delegaciones territoriales, se redujo a la mitad el número de altos cargos y se ejecutó un completo plan para adelgazar la dimensión de la Administración instrumental.

Con los referidos ajustes, la Administración autonómica ha adaptado su arquitectura organizativa al actual contexto de crisis y restricción del gasto público, al tempo que promueve una acción pública más eficaz y articulada, que mantiene el nivel de calidad en la prestación de los servicios públicos.

Como corolario de este proceso de reforma y modernización administrativa, se aprobó la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia. Esta norma, además de clarificar, ordenar y sistematizar la estructura del sector público autonómico, supone la introducción de medidas de racionalización y simplificación.

En este marco, procede ahora aprobar la estructura orgánica superior de la Vicepresidencia y de las respectivas consellerías. Y es compromiso de la Xunta de Galicia profundizar en el camino ya iniciado en 2009 de reducción del gasto burocrático y racionalización de la dimensión de sus estructuras administrativas, consolidando pautas de mejora continua en la búsqueda de una mayor eficacia y eficiencia en su funcionamiento.

Entre las novedades más importantes, el presente decreto contempla la supresión de cargos directivos, órganos de dirección y entes instrumentales.

Por una parte, se eliminan tres cargos directivos cuyas funciones pasan a ser asumidas por direcciones generales ya existentes. En esta situación se encuentra el personal directivo de la Academia Gallega de Seguridad Pública, del Instituto Energético de Galicia y de la Agencia Gallega de Desarrollo Rural.

En paralelo, se procede a la supresión de otros tres cargos directivos, cuyas funciones pasan a ser asumidas por puestos equivalentes al de subdirector/a general. Es el caso de los cargos directivos del Jurado de Expropiación de Galicia, del Instituto del Estudios del Territorio y del Instituto Gallego de Seguridad y Salud Laboral.

Finalmente, el presente decreto contiene previsiones relativas a la extinción o fusión de varios entes instrumentales, que supondrán la reducción de otros cuatro cargos directivos o asimilados.

En este sentido, los procesos de reestructuración previstos contemplan la supresión y liquidación de la Fundación Pública Illa de San Simón y de la Fundación Escola Galega de Administración Sanitaria; la refundición en un solo ente del Centro Informático para la Gestión Tributaria, Económico-Financiera y Contable (CIXTEC) y del Instituto Gallego de Estadística; y la fusión en un único órgano del Centro de Transfusiones de Galicia, la Oficina de Coordinación de Trasplantes o los bancos de tejidos terapéuticos y biobancos.

Asimismo, el presente decreto incorpora determinadas previsiones relativas a modificaciones de la estructura orgánica de centros directivos, derivadas también de la creación de una Vicepresidencia de la Xunta de Galicia, destacando la adscripción a la misma de la Asesoría Jurídica General y de la Secretaría General de Igualdad, hasta el momento dependientes de la Presidencia de la Xunta.

En la Consellería de Hacienda se procede a integrar en la nueva Dirección General de Planificación y Presupuestos las funciones de planificación económica, hasta ahora asumidas por la Dirección General de Planificación y Fondos. Este último centro directivo pasa a denominarse Dirección General de Proyectos y Fondos Europeos, centrando, por tanto, intensivamente su actividad en la captación, canalización y gestión de recursos comunitarios.

Por último, en la Consellería de Trabajo y Bienestar, y con el objetivo de lograr una mejor adaptación a las necesidades sociales y laborales derivadas del actual escenario económico, se procede a la creación de la Dirección General de Trabajo y Economía Social, de la Dirección General de Empleo y Formación y de la Dirección General de Familia e Inclusión, en sustitución de las anteriores Dirección General de Relaciones Laborales, Dirección General de Promoción del Empleo y Dirección General de Formación y Colocación.

En su virtud, a propuesta del vicepresidente y conselleiro de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia, de acuerdo con el artículo 25.5 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, y en el ejercicio de la facultad otorgada por el artículo 4.15º de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta y de su Presidencia, y previa deliberación del Consejo de la Xunta de Galicia en su reunión del día cinco de diciembre de dos mil doce,

DISPONGO:

Artículo 1
  1. La Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia se estructura en los siguientes órganos superiores y de dirección:

    1. Vicepresidencia:

      1.1. Secretaría General de la Igualdad.

      1.2. Asesoría Jurídica General, con nivel orgánico de dirección general.

    2. Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia:

    3. Secretaría General Técnica.

    4. Dirección General de Justicia.

    5. Dirección General de Administración Local.

    6. Dirección General de Relaciones Institucionales y Parlamentarias.

    7. Dirección General de Emergencias e Interior.

    8. Dirección General de Relaciones Exteriores y con la Unión Europea.

    9. Dirección General de Evaluación y Reforma Administrativa.

  2. Quedan adscritas orgánicamente a la consellería las delegaciones territoriales de la Xunta de Galicia en A Coruña, Lugo, Ourense, Pontevedra y Vigo. Las delegaciones territoriales, configuradas como órganos de dirección, tendrán nivel orgánico de dirección general.

  3. Asimismo, quedan adscritas a esta consellería las delegaciones de la Xunta de Galicia en el exterior.

  4. Igualmente, quedan adscriptos a esta consellería:

    1. El organismo autónomo Escuela Gallega de Administración Pública.

    2. El organismo autónomo Academia Gallega de Seguridad Pública.

    3. La Agencia Gallega de Emergencias.

Artículo 2
  1. La Consellería de Hacienda se estructura en los siguientes órganos de dirección:

    1. Secretaría General Técnica y del Patrimonio.

    2. Intervención General de la Comunidad Autónoma.

    3. Dirección General de Planificación y Presupuestos.

    4. Dirección General de Tributos.

    5. Dirección General de Política Financiera y Tesoro.

    6. Dirección General de Proyectos y Fondos...

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