Orden INT/649/2010, de 12 de marzo, por la que se crean varias sedes electrónicas en el Ministerio del Interior.

Fecha de Entrada en Vigor18 de Marzo de 2010
MarginalBOE-A-2010-4443
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio del Interior
Rango de LeyOrden

La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, creó el concepto de «sede electrónica», justificado por «la necesidad de definir claramente la sede administrativa electrónica con la que se establecen las relaciones, promoviendo un régimen de identificación, autenticación, contenido mínimo, protección jurídica, accesibilidad, disponibilidad y responsabilidad».

El artículo 10.1 de la misma Ley define la sede electrónica como «aquella dirección electrónica disponible para los ciudadanos a través de redes de telecomunicaciones cuya titularidad, gestión y administración corresponde a una Administración Pública, órgano o entidad administrativa en el ejercicio de sus competencias». El apartado 3 del mismo artículo establece que cada «Administración Pública determinará las condiciones e instrumentos de creación de las sedes electrónicas».

Por otra parte, el Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos, además de regular esta figura en sus artículos 3 al 9, determina específicamente en su artículo 3.2 que «las sedes electrónicas se crearán mediante Orden del Ministro correspondiente o Resolución del titular del Organismo Público, que deberá publicarse en el «Boletín Oficial del Estado», determinando el contenido mínimo de esta norma aprobatoria.

Con ello se aportan a los ciudadanos garantías de plena certeza y seguridad que sólo alcanzaban parcialmente las oficinas virtuales que, hasta el momento, han venido canalizando las relaciones electrónicas con los ciudadanos.

La presente orden ha sido informada favorablemente por la Comisión Ministerial de Administración Electrónica, de acuerdo con lo dispuesto en la letra l) del apartado segundo de la Orden INT/3192/2008, de 4 de noviembre, por la que se regula la composición y funciones de la referida Comisión.

En su virtud, dispongo:

Artículo 1 Objeto y ámbito de aplicación.
  1. La presente orden tiene por objeto la creación de varias sedes electrónicas en el Ministerio del Interior, con el fin de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, por el que se desarrolla parcialmente la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos.

  2. Su ámbito de aplicación se extiende exclusivamente a los órganos pertenecientes al Ministerio del Interior, quedando fuera los organismos públicos que, conforme a lo establecido en el artículo 3 del Real Decreto 1671/2009, de 6 de noviembre, deban aprobar sus respectivas sedes electrónicas mediante Resolución de su titular.

Artículo 2 Sedes electrónicas que se crean.

Con el ámbito y características que se recogen en esta orden, se crean las siguientes sedes electrónicas:

  1. Sede electrónica central del Ministerio del Interior.

  2. Sede electrónica de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil (ámbito del Cuerpo Nacional de Policía).

  3. Sede electrónica de la Dirección General de la Policía y de la Guardia Civil, (ámbito Guardia Civil).

Artículo 3 Sede electrónica central del Ministerio del Interior.
  1. La sede electrónica central del Ministerio del Interior (en adelante SECMIR) se crea con las siguientes características:

  1. El ámbito de aplicación de la SECMIR será el de la totalidad de los órganos del Departamento definidos en el artículo 1.2, con excepción de los centros directivos que cuenten con sede electrónica propia.

    Se realizarán a través de la SECMIR todas las actuaciones, procedimientos y servicios que requieran la autenticación de la Administración Pública o de los ciudadanos por medios electrónicos, así como aquellos otros respecto a...

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