DECRETO 155/2000, de 17 de octubre, del Gobierno Valenciano, por el que se regula el Consejo Valenciano de Formación Profesional. [2000/X8415]    

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConselleria de Economia, Hacienda y Empleo Conselleria de Cultura y Educacion
Rango de LeyDecreto

DECRETO 155/2000, de 17 de octubre, del Gobierno Valenciano, por el que se regula el Consejo Valenciano de Formación Profesional. [2000/X8415] El Acuerdo Valenciano por el Empleo y la Formación suscrito por las organizaciones empresariales y sindicales con el Gobierno Valenciano establece, como uno de sus principales objetivos, la adecuación del Consejo Valenciano de Formación Profesional para impulsar el desarrollo de la formación profesional y la adaptación de las cualificaciones profesionales a las competencias requeridas por el sistema productivo con el objeto de facilitar la creación de empleo estable y mejorar de forma sostenida la competitividad de la economía valenciana. La Formación Profesional juega un papel decisivo como una de las políticas activas de creación de empleo. Además, desde el punto de vista individual, es un valor de desarrollo que contribuye a la inserción social, el mantenimiento de un empleo estable, y la promoción personal. A todo ello es preciso añadir la obligación que tienen los poderes públicos, establecida en la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, de garantizar la coordinación de la oferta de Formación Profesional, y la apuesta decidida del II Programa Nacional de Formación Profesional aprobado el 13 de marzo de 1998 por la integración y desarrollo de los tres subsistemas de Formación Profesional, Reglada, Ocupacional y Continua, que permita lograr una cooperación y vertebración de los diferentes subsistemas de un modo activo y funcional, objetivos que apuntan claramente hacia una nueva concepción integrada de las políticas de formación y empleo que guardan estrecha relación con las directrices europeas, que facilitará y potenciará el desarrollo de la igualdad de oportunidades y trato ante el mercado laboral. Por otra parte, la publicación del Real Decreto 2.673/1998, de 11 de diciembre, ha supuesto la culminación del proceso de transferencias a la Comunidad Valenciana de la gestión de las políticas activas de empleo en materia de formación profesional ocupacional, iniciado con el Real Decreto 1.371/1992, de 13 de noviembre, lo que supone que el sistema de formación profesional de la Comunidad Valenciana se adapta a las directrices de la Cumbre de Luxemburgo de la Unión Europea, que ponía especial énfasis en el diseño y ejecución de las políticas activas de empleo, con la máxima participación de los agentes económicos y sociales. A tenor de lo expuesto, procede establecer un órgano de participación de los agentes sociales y económicos implicados en la formación profesional que, con una perspectiva global, permita atender las necesidades formativas reales de la sociedad valenciana. A través de dicho órgano, el Consejo Valenciano de Formación Profesional, será posible establecer una política valenciana de formación profesional plasmada en un Plan, capaz de integrar y coordinar todas las acciones de los distintos subsistemas, incluida la Formación de las Personas Adultas, que se adapte a las características de la economía y sociedad, a la vez que garantice una coordinación más efectiva con los planes y programas de ámbito estatal y comunitario europeo. En el presente decreto se modifica la composición y competencias del Consejo Valenciano de Formación Profesional, creado por Decreto 133/1990, de 23 de julio, adaptándolo a las necesidades de conseguir una mayor coordinación de las Administraciones implicadas, introduciendo una participación tripartita y paritaria de los agentes sociales y económicos, tanto en la información, como en la planificación y control de la Formación Profesional que se realiza en la Comunidad Valenciana. En su virtud, a propuesta conjunta de los consellers de Economía, Hacienda y Empleo, y de Cultura y Educación, previa deliberación del Gobierno Valenciano, en la reunión del día 17 de octubre de 2000, DISPONGO Artículo 1. Naturaleza 1. El Consejo Valenciano de Formación Profesional es el órgano superior consultivo, de participación institucional, coordinación y asesoramiento del Gobierno Valenciano en todo lo relacionado con la Formación Profesional. 2. Las competencias, funcionamiento, y composición del Consejo Valenciano de Formación Profesional, son las que se contienen en el presente decreto. 3. El Consejo Valenciano de Formación Profesional quedará adscrito a la Conselleria de Economía, Hacienda y Empleo, que se encargará de la gestión administrativa y presupuestaria del mismo. Artículo 2. Competencias 1. Es competencia del Consejo Valenciano de Formación Profesional: a) Elaborar y proponer al Gobierno Valenciano, para su aprobación, el Plan Valenciano de Formación Profesional, de carácter integral y duración plurianual, dentro del marco establecido por el Programa Nacional de Formación Profesional, ejerciendo la planificación y coordinación de todas las acciones formativas en materia de Formación Profesional que se desarrollen en la Comunidad Valenciana. b) Evaluar y controlar la ejecución del Plan Valenciano de Formación Profesional, y proponer las modificaciones que se consideren necesarias con vistas a su actualización y futuros programas, elaborando anualmente una memoria. c) Analizar y estudiar las necesidades de la Formación Profesional que demanda el mercado laboral y, en relación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR