Orden FOM/297/2008, de 1 de febrero, por la que se aprueba la modificación del Plan de utilización de los espacios portuarios del puerto de Gijón-Musel.

MarginalBOE-A-2008-2429
SecciónIII - Otras Disposiciones
EmisorMinisterio de Fomento
Rango de LeyOrden

La Ley 48/2003, de 26 de noviembre, de régimen económico y de prestación de servicios de los puertos de interés general, establece en su artículo 96 que el Ministerio de Fomento delimitará en los puertos de titularidad estatal una zona de servicio que incluirá los espacios de tierra y agua necesarios para el desarrollo de los usos portuarios, definidos en el artículo 94.1 de dicha ley, los espacios de reserva que garanticen la posibilidad de desarrollo de la actividad portuaria y aquéllos que puedan destinarse a usos no portuarios, mencionados en dicho artículo. Esta delimitación se efectuará, a través del plan de utilización de los espacios portuarios.

La Autoridad Portuaria solicitará informe de las Administraciones públicas con competencia en aspectos sectoriales sobre los que pueda incidir el plan de utilización de los espacios portuarios. Cumplimentada dicha tramitación, se remitirá la propuesta a Puertos del Estado, quien convocará a la Autoridad Portuaria y a la Dirección General de Costas a un período de consultas durante el plazo de un mes, y posteriormente, recabará informe de la Dirección General de Costas. También informarán los Ministerios de Defensa y del Interior.

Recibidos los informes o transcurrido el plazo para su emisión, Puertos del Estado emitirá informe que lo elevará, junto con el expediente, al Ministerio de Fomento para su aprobación.

La tramitación de la modificación de los Planes de Utilización se establece en el artículo 97 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, indicando que se someterá al mismo procedimiento de aprobación que el establecido en el artículo 96 para los propios Planes de Utilización, en caso de tener carácter sustancial.

El Plan de Utilización de los Espacios Portuarios del Puerto de Gijón-Musel fue aprobado por Orden Ministerial de 10 de diciembre de 1999. El Consejo Rector de Puertos del Estado, en sesión celebrada el 7 de octubre de 2004, acordó la aprobación de una modificación no sustancial de dicho Plan de Utilización.

El Puerto de Gijón-Musel está desarrollando en estos momentos el proyecto de ampliación más ambicioso de su historia. Esto se traduce en la ejecución de una serie de obras que, una vez finalizadas, supondrán un incremento de casi el doble de su superficie terrestre actual.

Esto ha motivado que la Autoridad Portuaria de Gijón tramite una nueva modificación del Plan de Utilización de los Espacios Portuarios que, al tener carácter sustancial, de conformidad con lo previsto en el artículo 97 de la Ley 48/2003, de 26 de noviembre, ha sido tramitada por el procedimiento indicado en el artículo 96 de dicha Ley.

Si bien en el Plan de Utilización actualmente vigente ya se esbozaban las obras de ampliación, en su modificación, con algunas de éstas ya terminadas y, en cualquier caso, adjudicadas, se definen con toda precisión las nuevas superficies generadas como consecuencia de las obras, incluyéndose dentro de la zona de servicio los tramos de costa sobre los que apoyan.

Asimismo, se asignan usos a las nuevas superficies y, respecto de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR