SAP Madrid 41/2008, 5 de Febrero de 2008

PonenteALBERTO GUMERSINDO JORGE BARREIRO
ECLIES:APM:2008:1616
Número de Recurso15/2008
ProcedimientoPENAL
Número de Resolución41/2008
Fecha de Resolución 5 de Febrero de 2008
EmisorAudiencia Provincial - Madrid, Sección 15ª

AUDIENCIA PROVINCIAL

SECCIÓN DECIMOQUINTA

Rollo P-15/2008

J. Oral 243/2006

Jzdo. Penal nº 16

SENTENCIA Nº 41

Magistrados:

Alberto JORGE BARREIRO (ponente)

Pilar OLIVÁN LACASTA

Carlos MARTÍN MEIZOSO

En Madrid, a 5 de febrero de 2008..

Este Tribunal ha deliberado sobre el recurso de apelación interpuesto por Domingo contra la sentencia dictada por la Magistrada-Juez del Juzgado de lo Penal nº 16 de Madrid, el 20-II-2007, en la causa arriba referenciada.

El apelante estuvo asistido del Letrado Carlos Bozal Aranda.

ANTECEDENTES PROCESALES

  1. El relato de hechos probados de la sentencia apelada dice así: "Se declara probado que, sobre las 18.00 horas del día 2 de septiembre de 2005, el acusado Domingo, mayor de edad y sin antecedentes penales, fue sorprendido por efectividad policiales, en la calle Aguilón nº 15 de la Villa de Madrid, cuando se encontraba en el interior del vehículo Volkswagen Golf, matrícula Y-....-YC, propiedad de la Congregación de Legionarios de Cristo, vehículo que había sido sustraído el día 17 de junio de 2005 por personas ignoradas, presentando el mismo el puente hecho y la cerradura de la puerta delantera derecha fracturada. Vehículo que el acusado puso en marcha en la fecha de los hechos y con el que circuló por diversas calles hasta que fue sorprendido".

    La resolución impugnada contiene el siguiente fallo: "Que, debo condenar y condeno al acusado Domingo, como autor penalmente responsable de un delito de utilización sin la debida autorización de un vehículo a motor ajeno, ya circunstanciado, sin la concurrencia de circunstancias modificativas de la responsabilidad criminal, a la pena multa de ocho (8) meses con una cuota diaria de seis (6) euros, lo que hace un total de mil cuatrocientos cuarenta euros (1.440 euros).

    Apercibiéndole que queda sujeto a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. Todo ello, con expresa imposición de las costas del presente juicio. Se decreta la devolución del vehículo, caso de hallarse a disposición judicial".

  2. La parte apelante interesó que se revocara la sentencia apelada y se dictara otra absolutoria.

  3. El Ministerio Fiscal instó la confirmación de la resolución recurrida.

    Se aceptan los que constan relatados en la sentencia apelada, excepto el último inciso ("Vehículo que el acusado puso en marcha en la fecha de los hechos y con el que circuló por diversas calles hasta que fue sorprendido"), que...

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