SAP Zaragoza 229/2007, 25 de Abril de 2007
Ponente | ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER |
ECLI | ES:APZ:2007:748 |
Número de Recurso | 118/2007 |
Procedimiento | CIVIL |
Número de Resolución | 229/2007 |
Fecha de Resolución | 25 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Zaragoza, Sección 5ª |
AUD.PROVINCIAL SECCION N. 5
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00229/2007
SENTENCIA núm. 229/2007
ILMOS. Señores:
Presidente:
D. PEDRO ANTONIO PÉREZ GARCÍA
Magistrados:
D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER
Dª SARA ARRIERO ESPÉS
En ZARAGOZA, a veinticinco de Abril de dos mil siete.
En nombre de S.M. el Rey,
VISTOS por esta Sección Quinta de la Audiencia Provincial de ZARAGOZA, en grado de apelación, los Autos de PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000358 /2006, procedentes del JDO. DE LO MERCANTIL N. 1 de ZARAGOZA, a los que ha correspondido el ROLLO DE APELACIÓN núm. 0000118 /2007, en los que aparece como parte apelada-demandante SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES (SGAE) representada por el procurador D. JOSE IGNACIO SAN PIO SIERRA, y asistida por la Letrada Dª. Mª PILAR ALBAREDA DE JAIME; y en los que aparece como parte apelante-demandado D. Pedro Francisco representado por la procuradora Dª. MARIA PILAR SERRANO MENDEZ y asistido por la Letrada Dª. MARIA DEL CARMEN ROIGE COLAS; siendo Magistrado Ponente el Ilmo. Sr. D. ANTONIO LUIS PASTOR OLIVER.
Se aceptan los de la sentencia apelada de fecha 7 de diciembre de 2006, cuyo FALLO es del tenor literal: "FALLO.- Que estimando la demanda interpuesta por Sociedad General de Autores y Editores contra Pedro Francisco :
Debo declarar y declaro que la demandada viene haciendo uso de la propiedad intelectual a través de la comunicación pública que realiza en el establecimiento del que es titular, denominado "El Garito de Gareta" y sito en Zaragoza, calle Rincón núm. 5 sin autorización de los autores o representantes y sin hacer pago alguno por ello,
Debo declarar y declaro que para hacer uso de la propiedad intelectual, la parte demandada debería obtener la previa autorización de los autores a través de su entidad gestora, la Sociedad General de Autores y Editores.
Debo condenar y condeno a la parte demandada a cesar en la actividad ilícita que realiza del uso de la propiedad intelectual, mediante su comunicación pública, con suspensión de la explotación infractora, la prohibición de reanudarla y la remoción o precinto de los aparatos utilizados en la comunicación pública no autorizada.
Debo condenar y condeno a la demandada a abonar al actor la suma de 5087,61 euros, en concepto de indemnización, conforme al artículo 140 del TRLPI por la comunicación pública de obras de repertorio de pequeño derecho de carácter necesario sin autorización en el establecimiento "El Garito de Gareta" y durante el periodo comprendido entre los meses de diciembre de 2001 a mayo de 2006.
Debo condenar y condeno a la demandada a indemnizar a la demandante por los daños y perjuicios derivados de la comunicación pública no autorizada y efectuada en el citado local de las obras difundidas desde la reclamación judicial hasta que se produzca el cese de la actividad ilícita, cantidad que deberá determinarse en ejecución de sentencia mediante la aplicación de las tarifas generales de la SGAE para utilización del repertorio de pequeño derecho con carácter necesario.
Todo ello, más los intereses legales desde la interposición de la demanda y con expresa condena en costas a la parte demandada."
Notificada dicha sentencia a las partes por la representación procesal de D. Pedro Francisco se interpuso contra la misma recurso de apelación, y dándose traslado a la parte contraria se opuso al recurso; remitiéndose las actuaciones a esta Sección Quinta de la Audiencia, previo emplazamiento de las partes.
Recibidos los Autos y cinta de video, y una vez personadas las partes, se formó el correspondiente Rollo de Apelación con el número ya indicado.
No siendo necesaria la celebración de vista, se señaló para deliberación, votación y fallo el día 16 de abril de 2007.
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