DECRETO 30/2009, de 27 de febrero, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para la ejecución de las obras de 'Colector en Montemolín'.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Fomento
Rango de LeyDecreto

La Consejería de Fomento tiene atribuidas por Decreto del Presidente de la Junta de Extremadura 17/2007, de 30 de junio, las competencias transferidas del Estado en materia de saneamiento, abastecimiento, encauzamiento, defensa de márgenes y regadíos.

Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 47.b), correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954.

La urgencia viene motivada por cuanto la localidad afectada por las obras de que se trata viene sufriendo graves problemas de saneamiento así como inundaciones debido, fundamentalmente, a que tanto las aguas pluviales como las aguas residuales son recogidas en un arroyo que atraviesa la localidad sin control alguno, existiendo incluso viviendas que han invadido el cauce.

El proyecto a ejecutar resolverá tales problemas mediante la solución adoptada, que consiste, en esencia, en la ejecución de conducciones que alejen los vertidos y agua de lluvia del casco urbano evitando los riesgos de problemas higiénico-sanitarios así como de inundaciones.

El proyecto fue aprobado en fecha 30 de diciembre de 2008 y la información pública se practicó por Resolución de 9 de enero de 2009 (DOE n.º 12, de 20 de enero de 2009), no habiéndose presentado alegaciones dentro del plazo al efecto...

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