DECRETO 517/2009, de 22 de septiembre, por el que se declara de urgencia la ocupación por la Diputación Foral de Álava, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción de acondicionamiento y vía lenta en el Alto de Las Chozas en la carretera A-624.
Sección | 1 - Disposiciones Normativas |
Emisor | Medio Ambiente, Planificación Territorial, Agricultura y Pesca |
Rango de Ley | Decreto |
Mediante Orden Foral de 10 de febrero de 2009, del Diputado de Obras Públicas y Transportes se acordó iniciar los trámites legales para la aprobación del «Proyecto de construcción de acondicionamiento y vía lenta en el Alto de Las Chozas en la carretera A-624», y someter el proyecto con la relación individualizada de bienes y derechos de necesaria ocupación a efectos expropiatorios al trámite de información pública. Posteriormente el Consejo de Diputados en su sesión de 14 de julio de 2009 acordó declarar la necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados, y solicitar al Gobierno Vasco la declaración de urgencia de las obras a efectos de que la ocupación de los citados bienes y derechos afectados por el expediente expropiatorio pueda realizarse conforme al artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa.
Los bienes y derechos a los que se concreta la declaración de urgente ocupación han quedado determinados e individualizados con los datos suficientes para su identificación en la relación confeccionada al efecto y que obra en el expediente, la cual, en su momento, fue sometida a información pública, habiéndose presentado alegaciones, que fueron resueltas según consta en el expediente administrativo.
Los Servicios Técnicos han observado que no existe obstáculo urbanístico para la tramitación del expediente.
Se estima inaplazable la ocupación por las siguientes circunstancias:
En parte del tramo de carretera A-624 objeto de este proyecto la carretera ocupa el mismo corredor que la autopista A-68, por lo que también es utilizada como vía de servicio y ruta alternativa a la autopista. Así, al tráfico propio de la A-624 se suma el que realiza el recorrido Altube-Llodio. Ni la sección ni el trazado de la carretera son adecuados para el tráfico que soporta actualmente, por lo que se ha programado su acondicionamiento y ampliación de su capacidad, con la definición de un carril adicional para vehículos lentos.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.1.f) de la Ley 4/1990, de 31 de mayo, de Ordenación del Territorio del País Vasco, corresponde al Gobierno Vasco acordar la declaración de urgencia de la ocupación de los bienes y derechos afectados por la aplicación de la expropiación forzosa a unidades de ejecución completas, sistemas generales de la ordenación urbanística del territorio o a la de alguno de sus elementos o para la realización de actuaciones aisladas en suelo urbano...
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