DECRETO 150/2009, de 26 de junio, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para la ejecución de las obras de 'Abastecimiento a la Mancomunidad del Río Ayuela'.

SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Fomento
Rango de LeyDecreto

La Consejería de Fomento tiene atribuidas por Decreto del Presidente de la Junta de Extremadura 17/2007, de 30 de junio, las competencias transferidas del Estado en materia de saneamiento, abastecimiento, encauzamiento, defensa de márgenes y regadíos.

Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 47.b), correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de 16 de diciembre de 1954.

La urgencia viene motivada por cuanto las localidades afectadas por las obras de que se trata vienen sufriendo graves problemas de abastecimiento de agua potable debido a la insuficiencia del volumen embalsado en la presa de Alcuéscar, de la que se abastece la Mancomunidad, para el normal abastecimiento a los núcleos de población que la integran.

El proyecto a ejecutar trata de resolver, pues, los problemas de suministro de agua potable mediante la solución adoptada, que consiste, en esencia, en la realización de una captación alternativa desde la presa de Aldea del Cano.

Si bien por Resolución de 17 de abril de 2009, se resuelve la tramitación de emergencia de las obras de Abastecimiento a la Mancomunidad del Río Ayuela, de la que se dio cuenta al Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura en sesión de 30 de abril de 2009, todo ello de conformidad con lo estipulado en el artículo 97 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público, por Resolución de 13 de mayo de 2009 (DOE n.º 96, de 21 de mayo), se practica información pública de bienes y derechos, así como sus propietarios, afectados por las obras de referencia. Dada la oposición manifestada, señaladamente por D.ª M.ª Luisa Lillo Puente, se hace necesaria la declaración de urgencia del procedimiento expropiatorio, dada la emergencia del abastecimiento a la población.

En su virtud, a...

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