SAP Barcelona 212/2007, 24 de Abril de 2007
Ponente | MIREIA RIOS ENRICH |
ECLI | ES:APB:2007:5693 |
Número de Recurso | 613/2006 |
Número de Resolución | 212/2007 |
Fecha de Resolución | 24 de Abril de 2007 |
Emisor | Audiencia Provincial - Barcelona, Sección 4ª |
AUDIENCIA PROVINCIAL
DE BARCELONA
SECCIÓN CUARTA
ROLLO Nº 613/2006
JUICIO VERBAL Nº 45/2006
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA Nº 13 DE BARCELONA
S E N T E N C I A N ú m. 212/2007
Ilmos. Sres.
D. VICENTE CONCA PÉREZ
Dª.AMPARO RIERA FIOL
Dª.MIREIA RÍOS ENRICH
En la ciudad de Barcelona, a veinticuatro de abril de dos mil siete.
VISTOS, en grado de apelación, ante la Sección Cuarta de esta Audiencia Provincial, los presentes autos de Juicio Verbal nº 45/2006, seguidos por el Juzgado de Primera Instancia nº 13 de Barcelona, a instancia de RESIDENCIAL PASEO COLON, S.L. contra D. Luis Pablo ; los cuales penden ante esta Superioridad en virtud del recurso de apelación interpuesto por la parte demandada contra la Sentencia dictada en los mismos el día 22 de Marzo de 2006, por la Juez del expresado Juzgado.
La parte dispositiva de la Sentencia apelada es del tenor literal siguiente: "FALLO: Que estimando integramente la demanda interpuesta por RESIDENCIAL PASEO COLON S.L., debo declarar y declaro resuelto, por falta de pago de la renta, el contrato de arrendamiento de la vivienda sita en Barcelona, CALLE000 número NUM000, NUM001, NUM002, condenando en consecuencia a DON Luis Pablo a que, dentro del plazo previsto en la ley, desaloje y deje a libre disposición de la parte actora la vivienda objeto del presente pleito, apercibiéndole de lanzamiento a su costa si no lo verificase, sin hacer expresa condena en costas, debiendo asumir cada parte las propias".
Contra la anterior Sentencia interpuso recurso de apelación la parte demandada mediante su escrito motivado, dándose traslado a la contraria que se opuso mediante escrito; elevándose las actuaciones a esta Audiencia Provincial.
Se señaló para votación y fallo el día TRECE DE MARZO DE DOS MIL SIETE.
En el presente procedimiento se han observado y cumplido las prescripciones legales.
VISTO, siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Dª. MIREIA RÍOS ENRICH.
En fecha 15 de enero de 2.006, la demandante RESIDENCIAL PASEO COLÓN ejercita acción de desahucio frente al arrendatario de la vivienda sita en la CALLE000, número NUM000, de Barcelona, DON Luis Pablo, por la falta de pago de la renta correspondiente al mes de noviembre de 2.005, por importe de 492,33 euros.
En fecha 23 de febrero de 2.006, el demandado consigna en la cuenta corriente de BANESTO la suma de 1.014,71 euros, correspondiente a los meses de noviembre de 2.005 y enero de 2.006.
Se celebra juicio verbal el día 20 de marzo de 2.006.
La sentencia de primera instancia estima la demanda, declara el desahucio condenando al demandado al desalojo de la vivienda arrendada, sin hacer expresa imposición de costas a la parte demandada.
El demandado recurre la sentencia de primera instancia solicitando se declare extinguida la obligación de pago con antelación a la citación del arrendatario demandado para el juicio de desahucio y, en su defecto, se declare enervada la acción de desahucio, con imposición de costas a la parte contraria.
La parte demandante presenta escrito impugnando la sentencia de primera instancia, solicitando se impongan a la parte demandada las costas de la primera instancia.
De lo actuado en el presente procedimiento, se desprende:
1) La demanda de desahucio, presentada el día 15 de enero de 2.006, tenía como base la falta de pago de la renta correspondiente al mes de noviembre de 2.005.
En dicho momento, se hallaba pendiente de pago la renta correspondiente al mes de noviembre de 2.005, cuyo pago no se intenta hasta el día 2 de febrero de 2.006, ya presentada la demanda, por lo que dicho pago es rechazado por la compañía arrendadora (folios 44, 45 y 46 de las presentes actuaciones).
2) En fecha 23 de febrero de 2.006, al folio 76, el demandado consigna en la cuenta corriente...
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