RESOLUCIÓN de 10 de marzo de 2003, de la Universidad de Lleida, por la que se convoca procedimiento de selección para cubrir plazas de personal laboral.

MarginalBOE-A-2003-7344
SecciónII - Autoridades y Personal
EmisorUniversidades
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN de 10 de marzo de 2003, de la Universidad de Lleida, por la que se convoca procedimiento de selección para cubrir plazas de personal laboral.

Según el acuerdo de Consejo de Gobierno de 22 de octubre de 2002, de modificación de la relación de puestos de trabajo del Personal de Administración y Servicios de la Universidad de Lleida, ratificado por el Consejo Social en sesión de 28 de noviembre de 2002.

De acuerdo con la Resolución del Rector de 9 de diciembre de 2002, por la que se da publicidad a la oferta pública de empleo de la Universidad de Lleida correspondiente al año 2002.

Según lo establecido en el Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas Catalanas (DOGC núm.

3332, de 21 de febrero de 2001), la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, los Estatutos de la Universidad de Lleida y el resto de legislación concordante, he resuelto:

Convocar un concurso para la provisión de las plazas de personal laboral indefinido de la Universidad de Lleida, que figuran en el anexo 3, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo 1 de esta Resolución.

Lleida, 10 de marzo.--El Rector, Jaume Porta Casanellas.

ANEXO 1

Bases de la convocatoria

  1. Disposiciones generales

    1.1 Se convoca concurso público para la provisión de las plazas de personal laboral de la Universidad de Lleida, que figuran en el anexo 3 de esta Resolución.

    1.2 De conformidad con lo que establece el Decreto 238/1988, de 20 de julio, por el que despliega el capítulo 10 del título 4 de la Ley 17/1985, de la Función Pública de la Generalitat, y el artículo 17 del Convenio Colectivo del personal laboral de las Universidades Públicas Catalanas, queda reservado el 5% de plazas convocadas, para aquellos aspirantes que tengan la condición legal de disminuidos.

    1.3 Las plazas objeto de esta convocatoria se convocan para todos las fases, no obstante, la provisión de vacantes se hará de acuerdo al siguiente orden:

    Traslado.

    Reincorporación de excedencias.

    Promoción interna.

    Nuevo ingreso.

    1.4 De acuerdo con el artículo 18 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas Catalanas, el desarrollo del concurso de traslado, reincorporación de excedencias y promoción interna se podrá hacer simultáneamente.

    1.5 Las plazas sin cubrir en la fase de traslado, reincorporación de excedencias y promoción interna se acumularan a la fase de nuevo ingreso.

    1.6 La realización de este concurso se ajustará a lo que establece el IV Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas Catalanas, el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido del Estatuto de los Trabajadores, la Ley Orgánica 6/2001 de Universidades, los Estatutos de la Universidad de Lleida y por estas bases.

  2. Requisitos de los aspirantes

    2.1 Para tomar parte en esta convocatoria, los aspirantes deben de cumplir los siguientes requisitos:

    1. Estar en posesión de la nacionalidad española o ser nacional de un estado miembro de la Unión Europea o Nacional de aquellos estados en los cuales, en virtud de tratados internacionales celebrados por la Unión Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores en los términos en que esta se encuentre definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea.

    2. Tener un mínimo de 18 años y no haber cumplido los 65.

    3. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario de los Servicios de las Administraciones Públicas, ni encontrarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas Los aspirantes cuya nacionalidad no sea española, deberá de acreditar, igualmente, no estar sometido a sanción disciplinaría o condena penal que le impida en su Estado, el acceso a la Función Pública.

    4. Poseer la titulación o capacidad probada, establecida para cada una de las plazas, de acuerdo con el artículo 26 y 27 del Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas Catalanas. O bien estar en condición de obtenerla en la fecha que finalice el plazo de presentación de solicitudes para tomar parte en esta convocatoria.

    2.2 Los requisitos establecidos en la base anterior deberán cumplirse el último día del plazo de entrega de solicitudes y continuar cumpliéndose durante todo el proceso selectivo.

    2.3 Para obtener una plaza en la fase de nuevo ingreso será necesario acreditar conocimientos de lengua catalana según el nivel que a continuación se detalla en función de la plaza a proveer:

    Nivel equivalente al certificado B de la Junta Permanent de Català: plazas correspondientes a los grupos 3 y 4.

    Nivel equivalente al certificado C de la Junta Permanent de Català: plazas correspondientes a los grupos 1 y 2.

    2.4 El personal laboral en activo de la Universidad de Lleida y del resto de las universidades públicas catalanas, y los trabajadores que se encuentren en situación de excedencia voluntaria...

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