ORDEN ADM/1688/2010, de 24 de noviembre, por la que se hace pública la relación de las unidades en las que se realiza la función de registro, su ubicación y los días y horario de funcionamiento.

SecciónIV - Otras Disposiciones y Acuerdos
EmisorConsejeria de Fomento
Rango de LeyOrden

La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, establece en el apartado 6 del artículo 38, que cada Administración Pública debe determinar los días y el horario en que deben permanecer abiertos sus respectivos registros, señalando en el apartado 8 del mismo artículo, la obligación de las distintas Administraciones de hacer pública y mantener actualizada una relación de las oficinas de registro tanto propias como concertadas.

La Ley 2/2010, de 11 de marzo, de Derechos de los Ciudadanos en sus relaciones con la Administración de la Comunidad de Castilla y León y de Gestión pública establece, en su artículo 18 apartado 3, que anualmente la Consejería competente en materia de atención al ciudadano publicará la relación de unidades que realicen la función de registro de documentos.

El Decreto 2/2003, de 2 de enero, por el que se regulan los servicios de información y atención al ciudadano y la función de registro en la Administración de la Comunidad de Castilla y León, establece en la disposición adicional séptima que la relación actualizada de las unidades integrantes de dichos servicios de información y atención al ciudadano será objeto de publicación anual en el «Boletín Oficial de Castilla y León», indicando su ubicación y los días y horario de funcionamiento, para general conocimiento de todos los ciudadanos.

La disposición adicional tercera del Decreto 2/2003, de 2 de enero, prevé que cuando la normativa especial, procedimental o procesal, así lo exija, los documentos deberán ser recibidos directamente por la unidad administrativa a la que corresponda su conocimiento, tramitación o gestión.

La disposición adicional cuarta del Decreto 2/2003, de 2 de enero, dispone que se admitirá en el registro la presentación de documentos transmitidos por telefax a aquellos números telefónicos que hayan sido declarados oficiales para tal efecto, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se declaran los números telefónicos oficiales, por lo que se incluye un Anexo con dichos números.

Con fecha 16 de julio de 2004, se suscribió el Convenio entre la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla y León, para la colaboración en materia de registro de documentos,

con el objeto de posibilitar a los ciudadanos la presentación de toda clase de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidas a dicha Agencia en los registros de la Administración General de la Comunidad.

Por otra parte, el Convenio Marco entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Castilla y León para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de Castilla y León, de 21 de febrero de 2007, y acuerdo de prorroga de 23 de diciembre de 2009, permite a los ciudadanos presentar de forma gratuita en las Entidades Locales adheridas al convenio, solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidos a los órganos de la Administración General del Estado y de la Administración de la Comunidad de Castilla y León o a las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de aquéllas con independencia de su localización territorial.

En virtud de lo anterior, y de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional séptima del Decreto 2/2003, de 2 de enero,

DISPONGO:

Artículo 1 Unidades de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que realizan funciones de registro.

Se hace pública, en el Anexo I de esta Orden, la relación de las unidades propias de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en las que se realiza la función de registro, indicándose para cada una de ellas el órgano al que pertenecen, su dirección postal, así como los días de apertura al público y su horario de funcionamiento.

Sin perjuicio de lo dispuesto en dicho Anexo, durante el mes de agosto las Oficinas de Información General y Atención al Ciudadano, los Puntos de Información y Atención al Ciudadano, la Oficina Departamental de la Consejería de la Presidencia, Administración Autonómica e Interior y Justicia, permanecerán abiertas al público únicamente los días laborables de lunes a viernes de 9:00 a 14:00 horas.

Los días 24 y 31 de diciembre corresponde prestar el servicio de registro a las Oficinas de Información General y Atención al Ciudadano, y a los Puntos de Información y Atención al Ciudadano.

Artículo 2 Entidades Locales que forman parte de la Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano.

Se hace pública, en el Anexo II de la presente Orden, la relación de las Entidades Locales adheridas al Convenio Marco suscrito entre la Administración General del Estado y la Comunidad de Castilla y León para la implantación de una Red de Oficinas Integradas de Atención al Ciudadano en el ámbito territorial de Castilla y León.

La relación incluye la Entidad Local a la que pertenecen, la dirección postal, así como los días de apertura al público y su horario.

Artículo 3 Números oficiales de Telefax.

Se hace pública, en el Anexo III de la presente Orden, la relación de números oficiales de telefax, a través de los cuales los ciudadanos podrán presentar documentos ante esta Administración Autonómica.

La presentación de documentos a través de telefax se rige por lo dispuesto en el Decreto 118/2002, de 31 de octubre, por el que se regulan las transmisiones por telefax para la presentación de documentos en los registros administrativos de la Administración de la Comunidad de Castilla y León y se declaran los números telefónicos oficiales y, por lo tanto, quedará sujeta al régimen jurídico señalado en dicho Decreto.

Artículo 4 Funciones de registro de las Oficinas de Empleo.

Aquellas Oficinas de Empleo que no aparecen relacionadas en el Anexo I de esta Orden realizarán funciones de registro únicamente respecto de aquellos escritos, documentos y solicitudes que, en materia de empleo, les corresponda tramitar o gestionar.

Artículo 5 Actualización y difusión de la relación de unidades.

El Centro Directivo competente en materia de Atención al Ciudadano mantendrá permanentemente actualizada la relación de unidades en las que se realiza la función de registro, tanto propias como concertadas con Entidades Locales.

Dicha relación se expondrá en los tablones de anuncios de las unidades propias de la Administración de la Comunidad de Castilla y León en las que se realice la función de registro. Asimismo, se difundirá a través de la página web de la Junta de Castilla y León en Internet (www.jcyl.es).

Disposición adicional Convenio de Colaboración entre la Administración General de la Comunidad de Castilla y León y la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla.

Los ciudadanos podrán presentar toda clase de solicitudes, escritos y comunicaciones dirigidas a la Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Castilla en los registros de la Administración General de la Comunidad.

Disposición derogatoria única.- Derogación normativa.

Queda derogada la Orden ADM 637/2009, de 12 de marzo, por la que se hace pública la relación de las unidades en las que se realiza la función de registro, su ubicación y los días y horario de funcionamiento.

Valladolid, 24 de noviembre de 2010.

La Consejera de Administración Autonómica,

F do .: I sabel a lonso s ánchez

ANEXO I UNIDADES ADMINISTRATIVAS PROPIAS QUE REALIZAN LAS FUNCIONES DE REGISTRO EN LA ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD DE CASTILLA Y LEÓN

CONSEJERÍA

UNIDAD

LOCALIDAD

DIRECCIÓN

HORARIO

Administración Autonómica

Delegación Territorial. Oficina de Información y Atención al Ciudadano

Ávila

Pasaje del Cister nº 1

De lunes a sábado de 9:00 a 14:00 y de lunes a jueves de 16:30 a 18:30

Agricultura y Ganadería

Sección Agraria Comarcal

Ávila

Plaza Fuente el Sol, nº 1

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00

Economía y Empleo

S.T. de Industria, Comercio y Turismo

Ávila

C/ Duque de Alba nº 6

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00

Economía y Empleo

Oficina Territorial de Trabajo

Ávila

C/ Segovia nº 25

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00

Economía y Empleo

Gerencia Provincial del Servicio Público de Empleo

Ávila

C/ Segovia nº 25

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00

Economía y Empleo

Oficina del Servicio Público de Empleo. ECYL

Ávila

Plaza Virreina María Dávila nº 2

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00

Economía y Empleo *

Dirección Territorial de la Agencia de Inversiones y Servicios de Castilla y León

Ávila

C/ Segovia nº 25

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00

Educación

Dirección Provincial de

Educación

Ávila

C/ Cruz Roja nº 2

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00 y de lunes a jueves de 16:30 a 18:30

Familia e Igualdad de Oportunidades

Gerencia Territorial de Servicios Sociales

Ávila

Plaza Nalvillos nº 1

De lunes a viernes de 9:00 a 14:00

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