Corrección de erratas del Real Decreto 1419/1991, de 30 de agosto, por el que se establece el título universitario oficial de Diplomado en Logopedia y las directrices generales propias de los planes de estudios conducentes a la obtención de aquél.

MarginalBOE-A-1991-25969
SecciónI - Disposiciones Generales
EmisorMinisterio de Educacion y Ciencia
Rango de LeyCorrección
34688
Sábado
26
octubre
1991
BOE
núm.
257
El
presente Protocolo entró en vigor de forma general ypara España
_1
el Ide
agc1sto
de 1991, de conformidad con lo establecido en
el
aparta·
do
I1
e)
de:!
mismo.
Lo
que
se hace público para conocimiento general.
Madrid.
14
de octubre de I991.-EI Secretario general Técnico.
Aurcho Pérez Giralda.
25968 APLICACJO/\' prol'isional
dd
Canje de Notas ellll'e el
Gobierno de Espalia J' cada
tillO
de los Gobiernos de los
paises participallles en
la
Conferencia de Paz de Oriente
Medio para la aplicación
de
los
beIJeficios,
privilegios e
inmunidades
pre~'istos
en
el COlll'enio sobre Misiones
Especiales anejo ala R('solllción
2530
de la Asamblea
General de las Nacúmes Unidas alas Delegaciones
partid·
pantes.
~
25967
25970
25969
MINISTERIO
DE
ASUNTOS
EXTERIORES
APLICACION
provisional del Canje de Aotas reali:ado
en
Madrid los dias
/6
J'
17
de sC'pliembre de }991, constitlllil'o
de Acuerdo, para la cllll1ieIJda del Acuerdo entre el
Gobierno de Espalia
l'
los Estados Unidos de.Amdrica de
21
de.
enero de 1952 sobre supresión de visados,
NOTA VERBAL
El
Ministerio de Asuntos Exteriores saluda atentamente ala Emba-
jada de los Estados Unidos de América
y,
como consecuencia de los
contactos habidos entre los representantes de
ambos
paises respecto al
Acuerdo de
21
de enero de 1952, referente ala supresión de la necesidad
de
vis
español a·Ios ciudadanos estadounidenses titulares de pasa-
porte
ordinario para su entrada en España,
el
Ministerio de Asuntos
EXlcriore~
tiene la honra
decomur.icar
10
siguiente:
El
mencionado Acuerdo de
21
de enero
de
1952
yel
Canje de Notas
de JI de mayo yde 5de julio de 1963, quedan enmendados por el
Gobierno español en
el
sentido de extender la exención de visado alos
ciud¡,¡danos estádounidenses portadores de pasaporte diplomático u
oficial en viaje privado en España, ya sea por motivos de turismo,
negocios otránsito, en régimen de reciprocidad, por
un
período de
noventa (90) días.
En
el
caso de que
el
Gobierno de los Estados Unidos de América
muestre su
conformidad
con
la
propuesta incluida, la presente
Nota
y
la
respuesta de esa Embajada constituirán
un
Acuerdo
que
se
aplicará
provisionalmente apartir del próximo
día
primero de octubre. La
entrada
en
vigor del referido Acuerdo se producirá desde la fecha de la
última notificación en que ambas Partes se comuniquen
el
cumpli-
miento de sus respectivos requisitos internos.
El
Ministerio de
As.l.mtos
Exteriores aprovecha esta oportunidad
para
reiterar ala Embajada de-los Estados Unidos de América en
Madnd
el
testimonio de
su
más distinguida consideración.
Madrid,
16
de septiembre de 199L·
A
LA
EMBAJADA DE LOS ESTADOS
UNIDOS
DE AMERICA EN
MADRID. .
TRADUCCION
Número
700
L1
Embajada de los Estados Unidos de América saluda atentamente
al Ministerio de Asuntos Exteriores ytiene
la
honra de acusar recibo de
su Nota número 344/15, de fecha
16
de septiembre
de
1991.
Esta Embajada manifiesta
por
la presente su conformidad con la
propuesta del Ministerio de
enmendar
el
Acuerdo entre ambos países de
21
de enero de 1952 y
el
posterior Canje
de
Notas de
11
de mayo yde
5de julio de 1963, entendiendo.que, en virtud de la
Nota
númeto
567
de
la
Embajada, de fecha
16
de julio de
.1991,
}'en
régimen de
reciprocidad,
el
Gobierno español extiende la exención de visado alos
ciud2danos estadounidenses portadores de pasaporte diplomático u
oficial
en
viaje privado en España, ya sea
por
motivos de turismo,
negocios otránsito, por
un
período de noventa (90) dias.
Con esta conformidad se entiende
que
existe un Acuerdo entre
nuestros dos Gobiernos
q·ue
se
aplicará provisionalmente apartir del
próximo día primero de octubre.
El
referido Acuerdo entrará en vigor
en
la
fecha de la última notificación en que ambas Partes se comuniquen
el
cumphmiento de sus respectivos requisitos internos.
La
Embajada de los Estados Unidos de América aprovecha
la
ocasióf! para reiterar al Ministerio de Asuntos Exteriores
el
testimonio
de
su más alta consideración,
Embajada de los Estados Unidos de América.
Madrid,
17
de septiembre de 1991.
El
presente Canje de Notas se aplica provisionalmente desde
el
día
de:
octubre de
1991,
según se señala en
el
texto de las mismas.
Lo
que
se
hace público para conocimiento general.
Madnd,
Jde octubre de 1991.-El Secretario general tecnico, Aurelio
r':;rcz Giralda.
...
MINlSTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES
Excmo. Señor:
La
Conferencia de Paz
dcOriente
Medio se·celebrará en Madrid a
partir del día 30
dC'l
corriellte mes de octubre.
Pura asegurar
la
protección ylos brlleficios en materia de privilegios
einmunidades de quienes asistan a
la
Conferencia .de Paz de Oriente
MedIo como palle de
la
Delegación
(.)
tengo
la
honra de
informarle que, durante
la
celebración de
la
misma y
el
período
inmcdiatnnlcntc anterior yposterior
que
ralOnablemente
s.e
necesite
para
el
desplazamiento de las Delegaciones, las autoridades españolas
competentes aplicaran los beneficios. privilegios einmunidades
estable~
cidos
en
la
Convención sobre Misiones Especiales, anexa a
la
Resolución
2530, de
la
Asamblea General de las Naciones Unidas'(1969), de la que
Espaila.
por
el
momento.
no es signataria.
Esta Nota. así como su respuesta manifestando su conformidad por
lo
que respecta
al
contenido de
la
misma, constituirán un Acuerdo entre
España
y.
(.)
que
se aplicará provisionalmente desde la recepción
de
su
contestación yque entrará en vigor cuando ambas Partes se
notifiquen mutuamente haber cumplido los requisitos que establecen
sus respectivas legislaciones internas en materia
de
celebración de
acuerdos internacionales.
Le ruego acepte, Señor Embajador, las seguridades de mi más alta
consideración;
Madrid, 25 de
octubr~
de 1991.
Excmo.
señor
Embajador de ( ) en Madrid.
(
..
)Esta nota ha sido dirigida alos Embajadores acreditados en
Madrid de Jos siguientes países: República Arabe de Egipto, Estados
Unidos de América, Israel, Reino Hachemita de Jordania, Líbano,
Paises Bajos en su condición de Presidente del Consejo de las Comuni-'
dades Europeas yRepresentante
ele
las Comunidad.es Europeas ysus
Estados Miembros, República Arabe de Siria y
Unión
de Repúblicas
Socialistas Soviéticas.
.
El
presente Canje de Notas se a,plica provisionalmente desde
la
recepción de cada una
de
las contestaciones a
la
Nota
española
Lo que
se.
hace público para conocimiento general.
Madrid,
25
de octubre de 1991.-El Secretario general téc-
nico.-Aurelio r::rez Giralda.
MINISTERIO
DE
EDUCACION
Y
CIENCIA
CORRECCION
de
erratas del
Real
Dl'Crl'lO 1419/1991,
de
30
de
agosto, por el que .{t! establece el titulo universitario
oficial
de
Diplomado en Logopedia ylas directrices genera-
les
propias
de
los planes de estudios conducentes a
la
obtención de aquél.
Advertida errata en
la
transcripción del titulo del cuadro de materias
troncales,
adjunto
al
Real Decreto 1419/1991, de 30 de agosto, publi-
cado en
el
«Boletín Oficial del 'Estado» número 243, de fecha
10
de
octubre de 1991, procede
la
siguiente rectificación:
En
la
página 32890. en
el
título del cuadro adjunto de materias
troncales, donde dice: «Título de Licenciado en Logopedia», debe decir:
((Título de Diplomado en
Logopedia)~.
CORRECC/ON
de erratas del
Real
Decreto 1420/1991. de
30
de agosto, por el que se establece el titulo universitario \
oficial
de
Diplomado en Educación Social ylas directrices
generales propias
de
los planes de esrudios conducentes a
la
obtención de aquél.
Advertida errata en
la
transcripción del título del cuadro de materias
troncales. adiunto
al
Real Decreto 1420/1991. de 30 de agosto.
oubli~

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