El TSJ Madrid deniega el visado de residencia no lucrativa al comprobarse que el interesado continuaba ofreciendo servicios profesionales en Linkedin

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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en su sentencia 578/2023 de 6 Oct. 2023, (Rec. 1335/2022) confirma la resolución del Consulado general de España en Buenos Aires ( Argentina) que denegaba el visado de residencia no lucrativa, al entender que no cumple los requisitos exigidos en el Real Decreto 55712011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.

Hechos

El recurrente, nacional de Venezuela y residente en la Argentina, impugna por medio de recurso contencioso administrativo las resoluciones administrativas dictadas por el Consulado general de España en Buenos Aires, que denegaban su solicitud de visado de residencia temporal no lucrativa, al entender que aun habiéndose aportado toda la documentación requerida, no se ha podido constatar que haya cesado en su actividad profesional, al comprobarse que el interesado seguía publicitándose en sitios web, como en la red social Linkedin, y que forma parte del equipo de cypriumcorp.com.

El consulado alegaba que al no cesar el solicitante en su actividad laboral, implica que seguirá trabajando en España cuando se le conceda la autorización lo que desvirtúa la naturaleza de la misma. Consecuentemente, para el Consulado, no se puede establecer indubitadamente que el solicitante haya terminado su actividad laboral, circunstancia consustancial al visado de residencia no lucrativa conforme se deduce del articulo 46 del Real Decreto 55712011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.

En el Artículo 46 constan los requisitos para su otorgamiento en el que establece que:

Para la concesión de una autorización inicial de residencia temporal sin realizar actividades laborales o profesionales, así como del correspondiente visado, el extranjero solicitante deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) No encontrarse irregularmente en territorio español.

b) En el caso de que el solicitante sea mayor de edad penal, carecer de antecedentes penales en España y en los países anteriores donde haya residido durante los últimos cinco años, por delitos previstos en el ordenamiento español.

c) No figurar...

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