STSJ Cataluña , 5 de Diciembre de 2001

PonenteMARIA MERCEDES CASTILLO SOLSONA
ECLIES:TSJCAT:2001:15324
Número de Recurso1763/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Diciembre de 2001
EmisorSala de lo Contencioso

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Recurso n° 1763/98 Partes: TEXTILS AIGUADORA S.A.L C/ TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CATALUNYA.

SENTENCIA N°1290/2001 Ilmos. Sres.

PRESIDENTE D. FRANCISCO DIAZ FRAILE MAGISTRADOS Dª. PILAR GALINDO MORELL Dª Mª MERCEDES CASTILLO SOLSONA En la ciudad de Barcelona, a cinco de diciembre de dos mil uno. VISTO POR LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUÑA (SECCIÓN PRIMERA), constituida para la resolución de este recurso, ha pronunciado en el nombre del Rey, la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo n°

1763/98, interpuesto por Textils Aiguadora, S.A.L., representada por la Procuradora Dª. Nieves Hernández de Urquia y asistida por la Letrada Dª. Mª Pilar Cabañero Comas, contra el Tribunal Económico-Administrativo Regional de Cataluña, representado y asistido por el Letrado del Estado. Ha sido Ponente la lima. Sra. Magistrada Dª Mª MERCEDES CASTILLO SOLSONA, quien expresa el parecer de la SALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por Dª. Nieves Hernández de Urquia, actuando en nombre y representación de la parte actora, se interpuso recurso contencioso administrativo contra el Acuerdo dictado por la Delegación de la AEAT de Barcelona por concepto de licencia fiscal, ejercicio 1990 y 1991.

SEGUNDO

Acordada la incoación de los presentes autos, se les dio el cauce procesal previsto por la Ley de esta Jurisdicción, habiendo despachado las partes, llegado su momento y por su orden, los trámites conferidos de demanda y contestación, en cuyos escritos respectivos en virtud de los hechos y fundamentos de derecho que constan en ellos, suplicaron respectivamente la anulación de los actos objeto del recurso y la desestimación de éste, en los términos que aparecen en los mismos.

TERCERO

Por Auto de fecha 22 de febrero del 2000, la Sala acordó el recibimiento del pleito a prueba, practicándose todas las pruebas propuestas y declaradas pertinentes con el resultado obrante en autos. Seguidamente, se continuó el proceso por el trámite de conclusiones sucintas, que las partes evacuaron haciendo las alegaciones que estimaron de aplicación y finalmente se señaló día y hora para votación y Fallo que ha tenido lugar el día 28 de noviembre del año en curso a las 11...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR