STSJ Cantabria 655/2008, 11 de Septiembre de 2008
Ponente | MARIA JOSEFA ARTAZA BILBAO |
ECLI | ES:TSJCANT:2008:1271 |
Número de Recurso | 796/2007 |
Número de Resolución | 655/2008 |
Fecha de Resolución | 11 de Septiembre de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA
Iltma. Sra. Presidenta
Dª Clara Penín Alegre
Iltmos. Sres. Magistrados
Doña María Josefa Artaza Bilbao
D. Juan Piqueras Valls
------------------------------------En la Ciudad de Santander, a once de septiembre de 2008.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto el recurso número 796/07 interpuesto por D. Jose Carlos representado por el Procurador D. Carlos de la Vega Hazas-Porrúa y defendido por la Letrada Dª María Ara López contra LA ADMINISTRACION GENERAL EL ESTAD (TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CANTABRIA), representado y defendido por el Abogado del Estado. La cuantía del recurso es de 10.139,90 euros. Es Ponente la Iltma. Sra. Magistrado Doña María Josefa Artaza Bilbao, quien expresa el parecer de la Sala.
El recurso se interpuso el día veintinueve de Octubre de 2007 contra la Resolución de fecha 24 de Julio de 2007, dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Cantabria, por la que se desestima la Reclamación económico- administrativa Número NUM000 , entablada por la Sociedad recurrente frente a la Resolución de la Administración de Laredo de la Agencia Tributaria que desestima el recurso de reposición interpuesto contra Acuerdo de dicho Órgano Gestor de fecha 9 de Junio de 2006, por la que se le impone la sanción pecuniaria de multa por importe de 7.604,93€, por infracción tributaria, consistente en determinación improcedente de partidas a compensar en base a declaraciones futuras en la declaración del Impuesto de Sociedades correspondiente a 2.004.
En su escrito de demanda, la parte actora interesa de la Sala dicte Sentencia por la que, estimando totalmente la demanda, anule la Resolución recurrida por no ser conforme a Derecho, y declarando la improcedencia de la sanción.
En su escrito de contestación a la demanda la Administración demandada interesa se dicte Sentencia en la que declarando la conformidad a Derecho del acto recurrido, desestime la demanda.
Recibido el proceso a prueba se practicaron las que constan en autos.
Se señaló el día cuatro de Septiembre de 2008 para la votación y fallo del recurso, fecha en la que, efectivamente, se deliberó, votó y falló.
Tiene por objeto el presente pleito la Resolución de fecha 24 de Julio de 2007, dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Cantabria, por la que se desestima la Reclamación económico-administrativa Número NUM000 , entablada por la Sociedad recurrente frente a la Resolución de la Administración de Laredo de la Agencia Tributaria que desestima el recurso de reposición interpuesto contra Acuerdo de dicho Órgano Gestor de fecha 9 de Junio de 2006, por la que se le impone la sanción pecuniaria de multa por importe de 7.604,93€, por infracción tributaria, consistente en determinación improcedente de partidas a compensar en base a declaraciones futuras en la declaración del Impuesto de Sociedades correspondiente a 2.004.
La cuestión planteada en el...
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