Tratamiento de datos personales excesivos por el escaner del DNI de los clientes

AutorvLex

La Agencia Española de Protección de Datos ha resuelto que la copia del documento nacional de identidad para realizar el registro en un hotel, es un supuesto de tratamiento de datos excesivos, puesto que dicho tratamiento no es necesario para conseguir la finalidad perseguida.

Posibles preceptos infringidos

El acuerdo de inicio del procedimiento sancionador tenía como fundamento la posible infracción del artículo 5.1.c) RGPD, sobre los principios relativos al tratamiento, por un posible tratamiento de datos personales excesivos al realizar el escaneo de los DNI de los clientes:

1. Los datos personales serán:

(...)

c)adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que son tratados («minimización de datos»);»

Asimismo, debe tenerse en cuenta que el artículo 25.1 de la Ley Orgánica 4/2015, de protección de la seguridad ciudadana, establece:

Las personas físicas o jurídicas que ejerzan actividades relevantes para la

seguridad ciudadana, como las de hospedaje, transporte de personas, acceso

comercial a servicios telefónicos o telemáticos de uso público mediante

establecimientos abiertos al público, comercio o reparación de objetos usados,

alquiler o desguace de vehículos de motor, compraventa de joyas y metales, ya

sean preciosos o no, objetos u obras de arte, cerrajería de seguridad, centros

gestores de residuos metálicos, establecimientos de comercio al por mayor de

chatarra o productos de desecho, o de venta de productos químicos peligrosos

a particulares, quedarán sujetas a las obligaciones de registro documental e

información en los términos que establezcan las disposiciones aplicables.

Finalmente, la Orden INT/1922/2003, de 3 de julio, sobre libros-registro y partes de entrada de viajeros en establecimientos de hostelería y otros análogos recoge, en su Anexo el “Modelo de parte de entrada de viajeros”, y de los datos de los viajeros indica que se recogerán de los viajeros los siguientes datos:

Núm. de documento de identidad, tipo de documento, fecha expedición del documento, primer apellido, segundo apellido, nombre, sexo, fecha de nacimiento, país de nacionalidad, fecha de entrada

Cuestiones relevantes en la tramitación del procedimiento

La Agencia Española de Protección de Datos conoció del asunto derivado del escrito de...

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