STSJ Castilla-La Mancha , 5 de Octubre de 2002

PonenteRAQUEL IRANZO PRADES
ECLIES:TSJCLM:2002:2496
Número de Recurso2503/1998
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2002
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso núm. 2.503 y 2.504 de 1.998 (Acumulados) .

TOLEDO S E N T E N C I A Nº 559 SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO. SECCIÓN 2ª.

Iltmos. Sres.:

Presidente:

D. Vicente M. Rouco Rodríguez Magistrados:

Dª Raquel Iranzo Prades D. Jaime Lozano Ibáñez En Albacete, a cinco de Octubre de dos mil dos. Vistos por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, los presentes autos nº 2.503 y 2.504 -Acumulados- de 1.998 del recurso contencioso administrativo seguido a instancia de CAJA RURAL DE TOLEDO, SOCIEDAD COOPERATIVO DE CRÉDITO representada por el Procurador Don Abelardo López Ruiz y dirigido por el Letrado Don José

Antonio Díaz Navia, contra el TRIBUNAL ECONÓMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE CASTILLA-LA MANCHA, representado y dirigido por el Sr. Abogado del Estado, siendo codemandada la JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA-LA MANCHA, que ha estado representada y dirigida por los Servicios Jurídicos de la misma. Sobre Impuesto de Transmisiones patrimoniales. siendo Ponente la Ilma. Sra. Magistrada Doña Raquel Iranzo Prades; y

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por la parte actora se interpuso el 11 de Diciembre de 1.998 recursos contencioso-administrativos, frente a las resoluciones del tribunal económico-Administrativo Regional de 13 de Noviembre de 1.998 y 29 de Septiembre de 1.998 reclamaciones 45/794/97 y 19/935/97 respectivamente que fueron acumulados por auto de 14 de Enero de 1.999

SEGUNDO

Se entregó el expediente administrativo recibido a la parte actora para que formalizara la demanda lo que hizo en su momento por medio de escrito en el que, después de exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación terminó con la súplica literal de Sentencia que declare no ajustados a derecho las resoluciones del Tribunal Económico- Administrativo Regional de Castilla-La Mancha que se impugna, con imposición de costas a la Administración.

TERCERO

De la demanda se dio traslado a la representación procesal de las Administraciones demandadas para que la contestase lo que se hizo por medio de escritos en los que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimaron de aplicación, se opusieron al recurso solicitando sentencia desestimatoria del mismo que declare la conformidad a derecho de los actos impugnados.

CUARTO

Sin hacerse recibido el pleito a prueba, se evacuó el correspondiente trámite de conclusiones reiterando las partes sus alegaciones respectivas, y se señaló para votación y fallo el día 24 de Septiembre de 2.002, realizada la cual quedaron los autos vistos para sentencia.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Es objeto del presente recurso contencioso-administrativo las resoluciones del Tribunal Económico-Administrativo Regional, por las que se desestimaban las reclamaciones contra las liquidaciones giradas...

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