STSJ Comunidad de Madrid , 18 de Julio de 2003

PonenteJOSE TOME PAULE
ECLIES:TSJM:2003:11451
Número de Recurso529/2000
ProcedimientoCONTENCIOSO
Fecha de Resolución18 de Julio de 2003
EmisorSala de lo Contencioso

(Rº 529/2000)

Proc. Sr. Gómez Simón A del E Ltdo. Sra. Guerrero Ankersmit TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Sección 4ª

PONENTE SR. José Tomé Paule RECURSO Nº.529 de 2000 S E N T E N C I A Nº 1227 Presidente Ilmo. Sr. Juan Ignacio González Escribano Magistrados Ilmos. Sres.

D. Alfonso Sabán Godoy D. Valeriano Palomino Marín Dª Mª Rosario Ornosa Fernández D. Juan Pedro Quintana Carretero D. José Tomé Paule En Madrid a dieciocho de julio de dos mil tres.

Visto por la Sala del margen el recurso número 529 de 2000 interpuesto por el Procurador D. Jacinto Gómez Simón en representación de Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid contra resolución del 20 de diciembre de 1999 del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid (TEAR) que desestimo la reclamación 28/01867/98 interpuesto contra recargo por presentación fuera de plazo; habiendo sido parte la Administración General del Estado, representada por su Abogacía y, como codemandada la Comunidad Autónoma de Madrid, representada por su Letrado.

La cuantía del recurso es de 1.324.980.- pesetas.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 7 de marzo de 2000 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de las partes demandada y codemandada contestaron a la demanda mediante escritos en los que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimaron aplicables, terminaron pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

No solicitado el recibimiento de la prueba ni el trámite de conclusiones, quedaron los autos pendiente de señalamiento.

CUARTO

Con fecha 17 de julio de 2003 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para sentencia.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. José Tomé Paule Vistos los preceptos citados por las partes y los demás de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En el presente recurso contencioso-administrativo , la Caja de Ahorros y Monte de Piedad de Madrid representada por el procurador Sr. Gómez Simón y con la asistencia del Letrado colegiado nº NUM000 D. Eloy impugna la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de 20 de diciembre dictado en la reclamación 28/01867/98 que desestimó una liquidación por recargo ingreso fuera de plazo. Como hechos admitidos que deber servir de base a la presente sentencia, deben señalarse los...

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