STSJ Comunidad de Madrid 1140/2004, 10 de Diciembre de 2004

PonenteALFONSO SABAN GODOY
ECLIES:TSJM:2004:15233
Número de Recurso274/2002
Número de Resolución1140/2004
Fecha de Resolución10 de Diciembre de 2004
EmisorSala de lo Contencioso

D. ALFONSO SABAN GODOYD. JUAN IGNACIO GONZALEZ ESCRIBANODª. MARIA ROSARIO ORNOSA FERNANDEZD. GERVASIO MARTIN MARTIN

T.S.J.MADRID CON/AD SEC.4

MADRID

SENTENCIA: 01140/2004

Proc. Sr. Calleja García

A.E

Ltda. Sra. Guerrero Ankersmit

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

Sección 4ª

RECURSO Nº 274 de 2002

PONENTE Sr. Alfonso Sabán Godoy

S E N T E N C I A Nº 1140

Presidente Ilmo. Sr.

D. Alfonso Sabán Godoy

Magistrados Ilmos. Sres.

D. Juan Ignacio González Escribano

Dª Mª Rosario Ornosa Fernández

D. Gervasio Martín Martín

En Madrid a diez de diciembre de dos mil cuatro

Visto por la Sala del margen el recurso nº 274/02 interpuesto por el Procurador Sr. Calleja García en nombre y representación de CARREFOUR S.A contra la resolución del TEAR de Madrid que desestimó la reclamación económico-administrativa deducida por la parte ahora demandante frente a liquidación por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, por importe de 6.766.450 ptas. Habiendo sido parte la Administración General del Estado representada por su Abogacía y como codemandada la Comunidad Autónoma de Madrid representada por sus servicios jurídicos.

La cuantía del recurso es inferior a 150.000 euros.

ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Por el recurrente indicado se interpuso recurso contencioso administrativo mediante escrito presentado el 22 de febrero de 2002 contra el acto antes mencionado, acordándose su admisión, y una vez formalizados los trámites legales preceptivos fue emplazado para que dedujera demanda, lo que llevó a efecto mediante escrito en el que tras alegar los fundamentos de hecho y de derecho que consideró pertinentes, terminó suplicando la estimación del recurso, con la consiguiente anulación de los actos recurridos.

SEGUNDO

La representación procesal de la parte demandada contestó a la demanda mediante escrito en el que, tras alegar los hechos y fundamentos de derecho que estimó aplicables, terminó pidiendo la desestimación del presente recurso.

TERCERO

No solicitado el recibimiento de la prueba, se dio traslado para conclusiones sucesivamente a las distintas partes, quienes las evacuaron en sendos escritos, en los que reiteraron sus respectivos pedimentos.

CUARTO

Con fecha 9 de diciembre de 2004 se celebró el acto de votación y fallo de este recurso, quedando el mismo concluso para...

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