STSJ Castilla y León 948/2008, 12 de Mayo de 2008
Ponente | EZEQUIAS RIVERA TEMPRANO |
ECLI | ES:TSJCL:2008:2682 |
Número de Recurso | 2306/2002 |
Número de Resolución | 948/2008 |
Fecha de Resolución | 12 de Mayo de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
SENTENCIA Nº 948
ILMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D.JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ
D.RAMÓN SASTRE LEGIDOD.EZEQUIAS RIVERA TEMPRANO
En Valladolid, a doce de mayo de dos mil ocho.
Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en
Valladolid, el presente recurso en el que se impugna: la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y
León de 28-06-02 en reclamación económico administrativa nº34/157/1999 contra el acuerdo de comprobación de valores emitido
por la Delegación Territorial de Palencia de la Consejería de Economía y Hacienda de la Junta de Castilla y León. Expediente
4148/94.
Son partes en dicho recurso:
Como recurrente: "CUSTODIA DE VEHÍCULOS, S.L" representado por el Procurador de los Tribunales Sr. Herrera Sánchez y
bajo dirección letrada del Sr. Hérnanez Gajate.
Como demandada: ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO.-TRIBUNAL ECONOMICO ADMINISTRATIVO REGIONAL DE
CASTILLA Y LEÓN, representada y defendida por la Abogacía del Estado.
Como codemandada; LA ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA.- CONSEJERIA DE ECONOMÍA Y HACIENDA. JUNTA DE
CASTILLA Y LEÓN, representada y defendida por el Letrado de la Junta.
Ha sido Ponente el Ilmo. Sr. Magistrado DON EZEQUIAS RIVERA TEMPRANO .
Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y una vez recibido el expediente administrativo la parte recurrente dedujo demanda en la que con base en los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que, estimando íntegramente el presente Recurso: 1º) Se anule, por su disconformidad con el Ordenamiento Jurídico, la resolución del Tribunal Económico-Administrativo regional de Castilla y León de fecha 28 de Junio de 2002, que desestimó la reclamación 34/157/99 interpuesta por mi representada frente al Acuerdo de notificación de efectos de la tasación pericial contradictoria en el expediente de comprobación de valores, determinación de los mismos y liquidaciones complementarias giradas como consecuencia de la aplicación el art.14.7 del Texto Refundido del Impuesto sobre Transmisiones patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, declarado inconstitucional, realizado por el Servicio Territorial de Economía y Hacienda, Sección de Impuestos indirectos de la Junta de Castilla y León, Delegación Territorial en Palencia, declarando nulas, en consecuencia todas las liquidaciones efectuadas; 2º) Se anule la tasación pericial contradictoria en la que intervino el Perito Don Rogelio , por su desconocimiento del bien y falta de fundamentación y todas las liquidaciones complementarias giradas, derivadas de tal tasación, incluidas las liquidaciones de intereses impugnadas y 3) se condene a la Administración Tributaria al pago de las costas de este Proceso.
En el escrito de contestación, con base en los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que desestime el recurso e imponga las costas a la parte actora.
Por la codemandada se solicita se dicte sentencia desestimatoria del presente recurso contencioso administrativo por ser el acto administrativo impugnado conforme a derecho con imposición de costas a la parte actora.
El procedimiento se recibió a prueba desarrollándose la misma con el resultado que obra en autos.
Conferido traslado a las partes para presentar conclusiones se evacuó el trámite por ambas. Quedaron las actuaciones pendientes hasta declarar concluso el pleito y se haga el señalamiento para votación y fallo.
Se señala para votación y fallo el ocho de mayo de 2008.
En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales, salvo los plazos legales en ella fijados por causa del volumen de pendencia y trabajo que soporta la Sala.
Aunque en el suplico de la demanda se solicite la nulidad de la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Castilla y León de 28 de junio de 2002, dictada en la reclamación nº34/157/1999, y de las liquidaciones tributarias en ella impugnadas, invocando en primer lugar la aplicación en éstas del art 14.7 del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1993, de 24 de septiembre , declarado inconstitucional por la sentencia 194/2000, de 19 de julio, del Tribunal Constitucional , la...
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