STSJ Canarias , 14 de Enero de 2005
Ponente | JAIME BORRAS MOYA |
ECLI | ES:TSJICAN:2005:78 |
Número de Recurso | 1198/2001 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Fecha de Resolución | 14 de Enero de 2005 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO (LAS PALMAS)
Ref.- R.C.A. Nº 1.198/01 SENTENCIA num Ilmos. Sres.
Presidente: Don Jesús Suarez Tejera.
Magistrados: Don Jaime Borrás Moya.
Don Francisco José Gómez Cáceres.
En la ciudad de Las Palmas de Gran Canaria, a catorce de enero de 2.005.
Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Las Palmas, el presente recurso nº .1.198/01, en el que son partes, como recurrente, la mercantil Banco Santander Central Hispano, representado por el Procurador Sr. Curbelo Ortega, y como demandada, el Tribunal Económico Administrativo Regional de Canarias, representado por el Abogado del Estado, compareciendo como codemandada la Comunidad Autónoma de Canarias, representada por el letrado de sus servicios jurídicos, versando la misma sobre impugnación de resolución desestimatoria de reclamación en relación con petición de devolución de ingresos indebidos por concepto de impuesto sobre transmisiones patrimoniales, y siendo su cuantía 101.715 pts.
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Mediante resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Canarias de fecha 31 de mayo de 2.001 se desestimó la reclamación interpuesta por la mercantil Banco Santander Central Hispano contra desestimación de solicitud de rectificación de autoliquidación, con devolución de ingresos indebidos, en relación con el ingreso realizado por la actora en fecha 1 de octubre de 1.994 por mor de lo previsto en el art. 29 del Reglamento del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurí dicos documentados , al haber sido declarado nulo dicho precepto por sentencia del Tribunal Supremo de fecha 5 de diciembre de 1.998 .
Frente a tal resolución se interpuso recurso contencioso administrativo por el Procurador Sr. Curbelo Ortega en representación de la mercantil Banco Santander Central Hispano, formulandose en el momento correspondiente la demanda interesando la anulación del acto administrativo impugnado.
Por su parte, la Administración demandada se opuso al recurso interesando su desestimación, haciendo lo propio la codemandada, si bien interesando la inadmisión del recurso por falta de legitimación activa en la entidad recurrente.
Finalizado el periodo probatorio se dio traslado a las partes para conclusiones, tras lo cual se trajeron los autos a la vista con citación de partes para sentencia, con señalamiento del día catorce de enero del presente año para votación y fallo, habiendo sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado Don Jaime Borrás Moya, que expresa el parecer unánime de la Sala.
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La cuestión a discernir en el presente procedimiento consiste en determinar si la resolución del TEAR de Canarias antes indicada en relación con la reclamación asimismo descrita efectuada por la mercantil recurrente es o no ajustada a derecho, alegando la actora que al ser anulado por la sentencia del Tribunal Supremo de fecha 5 de diciembre de 1.998 el art. 29 del Reglamento del impuesto sobre transmisiones patrimoniales al infringir el mismo el principio constitucional de...
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